El tribunal de Casación porteño confirmó el cierre de una causa en la que el ex futbolista Claudio Caniggia demandó por “injurias” a su ex esposa Mariana Nannis por expresiones que pronunció en varios programas de TV en el contexto de la escandalosa separación de la pareja.

La Cámara de Casación ratificó el fallo que declaró “extinguida la acción penal por desistimiento tácito del agraviado”, una suerte de falta de impulso a la causa por parte del ex goleador del seleccionado argentino de fútbol. En los delitos de “acción privada”, el Código Procesal Penal establece que “se tendrá por desistida la acción privada cuando el querellante o su mandatario no instaren el procedimiento durante 60 días”.

Eso fue lo que ocurrió en el caso: el tribunal oral número cuatro, que tenía asignado el expediente, determinó que “toda vez que la actora no había instado el procedimiento durante el plazo establecido correspondía declarar extinguida la acción penal por desistimiento tácito”.

Caniggia, a través de su abogada, Elba Marcovecchio, apeló la decisión y planteó la inconstitucionalidad de los artículos (poco conocidos incluso para los abogados) que establecen el desistimiento tácito de la acción. Pero los camaristas de Casación Mario Magariños y Daniel Morín descalificaron el planteo y, por el contrario, replicaron que “de la lectura del recurso interpuesto surge evidente la falta de adecuada motivación y el defectuoso planteo de la cuestión”.

Ello “deviene en el incumplimiento de un elemental requisito de admisibilidad de la impugnación casatoria”, resumieron. A Caniggia le queda por delante un eventual recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia, de improbable éxito para sus intereses.

La denuncia de Caniggia estaba fundada en expresiones de Nannis sobre él y su nueva pareja, Sofía Bonelli, quienes sufrieron –según argumentaron- “violencia verbal” por declaraciones “con odio y ensañamiento”. Esas expresiones fueron proferidas en al menos tres programas de TV de temas de la farándula.