La Fiscalía se opone al sobreseimiento de "Pity" Álvarez
Sandro Abraldes, negó el pedido, aunque en un escrito pidió el cese de la prisión preventiva del acusado debido a su estado de salud mental y solicitó que, como medida de seguridad, permanezca internado dentro del Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (Prisma), en el Complejo Penitenciario de Ezeiza.
Un fiscal pidió que se rechace el sobreseimiento del cantante Cristian "Pity" Álvarez, quien debía comenzar a ser juzgado por el crimen de un vecino, cometido en 2018 en Villa Lugano, luego de que el defensor oficial del músico hiciera ese pedido al entender que padece problemas psicológicos y psiquiátricos que le impiden estar en un juicio o comprender la criminalidad de sus actos.
En ese sentido, Sandro Abraldes, negó el pedido, aunque en un escrito pidió el cese de la prisión preventiva del acusado debido a su estado de salud mental y solicitó que, como medida de seguridad, permanezca internado dentro del Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (Prisma), en el Complejo Penitenciario de Ezeiza.
El dictamen en oposición al pedido de la defensa ahora deberá ser resuelto por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional número 29, integrado por los jueces Gustavo Goerner, Juan María Ramos Padilla y Cecilia Maiza.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) de la Nación informó a través de su sitio web www.fiscales.gov.ar que Abraldes sostuvo que "los profesionales que evaluaron recientemente a Álvarez se limitaron a contestar los puntos solicitados por el tribunal en lo referente a la capacidad para afrontar el debate oral y público; sin que de ello quepa extraer conclusiones referidas a la presunta inimputabilidad al momento de comisión del delito imputado".
En ese sentido, el fiscal recordó lo dictaminado tanto en octubre de 2018 como en marzo de 2020 cuando el Cuerpo Médico Forense (CMF) consideró que al momento de los hechos Álvarez, de 48 años, pudo comprender la criminalidad de sus acciones.
Señaló que en el artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación se establece que si el imputado se cura, la causa proseguirá, por lo que solicitó que Álvarez sea evaluado periódicamente cada seis meses.
Y al mismo tiempo señaló que, por el momento, el músico no está en condiciones de afrontar un juicio, por lo que corresponde suspender el trámite de la causa.
Los peritos "supeditaron la posibilidad de reversión de su condición actual a la evolución de sus trastornos y a la respuesta que presente al tratamiento interdisciplinario psiquiátrico, psicológico, neurológico, clínico y social aconsejado".
Abraldes agregó que los mismos peritos "recomendaron el uso de las menores dosis de psicofármacos posibles, puesto que no se puede descartar la influencia de la acción de la medicación suministrada sobre el síndrome depresivo y el trastorno cognitivo diagnosticados".
Según un último informe elaborado por el Centro de Asistencia Judicial Federal Cuerpo Médico Forense, que describió un cuadro general lamentable y pese a que "al momento actual no surgen indicadores de riesgo cierto e inminente de daño para sí y/o terceros", advierte que "el estrés que implica enfrentar el proceso agravaría su estado actual".
Sobre la base de esa evaluación, el defensor oficial Javier Aldo Marino pidió que el juicio oral por homicidio no se celebre y se lo deje en libertad.
"No se encuentra en condiciones de estar en juicio, ha sufrido un deterioro cognitivo, tiene un estado de depresión, y cuenta en su historial con la profusa ingesta de sustancias tóxicas desde la adolescencia, y por más de 35 años, con el deterioro que ello le hubiere causado a su organismo", explicó el defensor.
"Se ha producido un significativo deterioro de su condición", resumió.