La Corte Suprema dejó firmes las condenas de hasta 30 años de prisión para una banda de secuestradores que aterrorizaron a sus víctimas entre mayo y junio de 2016 en distintas localidades de Capital Federal y el Gran Buenos Aires y al momento de ser detenidos balearon a un policía, quien perdió un ojo.

El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, rechazó las últimas apelaciones presentadas por los condenados Oscar Meza Cardozo, Carlos Insaurralde, Daniel Núñez y Lucas Segovia.

Todos fueron condenados por un tribunal oral federal de San Martín por los delitos de “homicidio agravado en grado de tentativa, lesiones graves, amenazas con armas o anónimas, robo con armas, secuestro extorsivo, asociación ilícita, resistencia o desobediencia a funcionario público y falsificación, alteración o supresión de número registro”.

El 9 de mayo de 2016 la banda secuestró a una pareja y la mantuvo cautiva por más de cuatro horas, pero como  no pudieron cobrar el rescate,  les robaron el automóvil, dos teléfonos celulares, una cartera y le dispararon en el hombro a una de ellas antes de liberarlas en Villa Martelli.

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El 22 de mayo del mismo año secuestraron a un hombre de 29 años en el barrio porteño de Belgrano y exigieron un rescate que no llegaron a cobrar, pero le robaron el vehículo, un celular, la billetera y el reloj, y al igual que en el episodio anterior, antes de liberarlo en José León Suárez le dispararon en un glúteo.

El 9 de junio, la banda ya había sido descubierta y  el comisario inspector Gustavo Santos Díaz, ex jefe de la División Antisecuestros de la Policía Federal, se tiroteó con ellos cuando intentó detenerlos y como consecuencia del enfrentamiento perdió un ojo.

Dos días después, la banda fue finalmente detenida cuando se ocultaba en la parte posterior de una iglesia evangélica que era utilizada como una suerte de “aguantadero”. 

El Tribunal Oral Federal número dos de San Martín, integrado por los jueces Daniel Cisneros, Alejandro Mancini y Walter Venditti, condenó a Insaurralde a 30 años de prisión; a Núñez, a 24 años; a  Meza Cardoso, a 15, al igual que a Segovia.

“El recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible”, dijo la Corte, al dejar firmes las condenas.