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A la prohibición de estos productos se llegó por una investigación que se inició por la promoción de un Aceite de Chia de la firma Teconobotánica S.A, debido a que no está permitida la venta directa de producto "referenciado para consumo directo".

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A partir de de ese momento se resolvió, según se explica en el Boletín Oficial, llevar adelante la verificación registral correspondiente y una auditoria a la firma Teconobotánica, entre otras medidas.

Eso llevó primero a prohibir la comercialización de "semillas de quinoa, libre de gluten, semillas de sésamo, libre de gluten semillas de lino, libre de gluten, harina de chía, libre de gluten, semillas de chía, libre de gluten, semillas de amaranto, libre de gluten, elaborados por la firma Tecnobotánica S.A., por consignar en sus rótulos los registros (RNPA) vencidos desde septiembre 2018".

Además, también se determinó la prohibición de comercialización "en todo el territorio nacional y en los sitios de internet de los productos alimento a base de frutas secas, banana y ananá, libre de gluten y alimento a base de frutas secas y pasas de uva, libre de gluten elaborados hasta el 28/02/2020, por no contar el establecimiento con la dirección técnica de un profesional según lo requerido en la normativa alimentaria para la elaboración de ALG".

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Y luego de estas determinaciones, la ANMAT dispuso: "Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de internet de todos los productos libres de gluten elaborados por la empresa Teconobotánica S.A., sito en Leandro Euler 2341, Malvinas Argentinas, provincia de Buenos Aires, elaborados hasta el 28/02/2020, por no contar la empresa con un Director Técnico según la normativa alimentaria vigente".