La ANMAT prohibió la venta de un mantecol falsificado
Se trata de un producto que utiliza la información de un alimento genuino, pero carece de registros.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió a través de su publicación en el Boletín Oficial, la comercialización de un dulce bien tradicional de nuestro país: el Mantecol.
Es que en las últimas horas se descubrió un producto falsificado, que carece de registros y que está falsamente rotulado al consignar en su información los datos de establecimiento y producto pertenecientes a la firma Mondelez Argentina SA, la firma oficial.
Mediante la Disposición 3604/2022, la Anmat prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país del producto falsificado en cuyo rótulo dice: “Postre a base de pasta de maní y cacao marca MANTECOL, RNE Nº 02-0000604, RNPA Nº 02-569076, presentación envase de plástico 3,3 Kg. Vencimiento 12/02/23, L18 140″, ya que no cumple la normativa vigente.
Según explica el comunicado, la acción se tomó como consecuencia de que el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) tuviera conocimiento de una denuncia de la firma Mondelez Argentina SA en relación a la comercialización de este producto falsificado.
La denuncia presentada ante el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Isidro destaca que el legítimo elaborador recibió tres denuncias de consumidores que indicaron que el alimento tenía elementos extraños.
Luego de una investigación, la empresa determinó que el producto investigado no es fabricado ni comercializado por Mondelez Argentina SA ya que constató que se distingue con una versión de rótulo parecida a la que se utilizaba en el año 2014. En el Boletín Oficial se destaca los distintos elementos entre ambos productos.
Detalles de la golosina falsificada:
-Es diferente al peso neto que el que se comercializa en la actualidad,
-La imagen del mantecol es poco nítida con bordes negros
-Se identifica como “Postre a base de pasta de maní y cacao” mientras que el legítimo indica “Postre a base de pasta de maní con almendras y cacao”.
-Tampoco posee insignias ni ilustraciones que indique “con almendras”, el vencimiento del mismo está impreso en la etiqueta sin fechador
-El vencimiento está impreso en la etiqueta sin fechador mientras que el legítimo utiliza código de lote y fecha de vencimiento impreso con tinta inkjet con codificación propia
-La vida útil del legítimo es de un (1) año en tanto el producto falsificado exhibe en su rótulo una fecha de elaboración y un vencimiento, que resulta en una declaración de casi cinco (5) años.
En la Disposición, que lleva la firma de Manuel Limeres (administrador nacional de ANMAT), se adjunta la imagen de los rótulos de forma comparativa entre el alimento ilegal y el de la golosina genuina. En consecuencia, por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284.