La fiscal Mónica Cuñarro apeló la excarcelación de Maximiliano Fernando Ríos, el joven de 23 años que el 2 de agosto pasado causó la muerte de una ciudadana dominicana al embestir con su automóvil a otro rodado en la intersección de las avenidas Juan Bautista Alberdi y San Pedrito, del barrio porteño de Flores.

Cuñarro consideró que Ríos debe ser imputado por el delito de “homicidio simple con dolo eventual” por el deceso Mayerlin Margarita García Santos, cuya cabeza quedó destrozada como consecuencia del choque. “Ríos no ignoraba que con su conducción antirreglamentaria e imprudente, podía provocar un accidente o la muerte de una persona, pero no le importó, siguió adelante con su accionar”, acusó la fiscal.

García Santos viajaba en el asiento del acompañante del dueño del restaurante en el que trabajaba cuando en la madrugada del 2 de agosto  “fueron embestidos por el rodado conducido por Ríos, quien venía circulando a velocidad y cruzó la intersección de modo antirreglamentario con el semáforo en rojo”.

Las cámaras de seguridad registraron que Ríos, tras la colisión, “descendió de su vehículo -el cual había comenzado a incendiarse-, tomó un objeto de su interior y abandonó el lugar a pie; sin prestar auxilio alguno”. Ese objeto presuntamente era su teléfono celular que –según las cámaras de seguridad-  utilizó dos cuadras después para comunicarse con alguien aún no identificado.

La fiscal Cuñarro pidió el secuestro del teléfono, pero la medida fue rechazada. Ríos se presentó horas después ante las autoridades y el viernes fue excarcelado con una fianza de 25 mil pesos por disposición del juez Carlos Bruniard.

Según la fiscal, Ríos venía circulando a alta velocidad y pasando un semáforo en amarillo y otro en rojo desde seis cuadras antes, y además “realizó un giro prohibido a la izquierda para tomar Avenida San Pedrito”. “Todavía se ignora si el imputado posee registro de conducir habilitante y la situación dominial del auto que conducía. (…) Su excarcelación, por el momento, no resulta procedente”, evaluó.

“La fiscalía no puede dejar pasar por alto del desprecio del imputado a la vida ajena. (…) Se bajó del su rodado y en vez de prestar ayuda a las personas que se encontraban en el volcado en la esquina y con su propio vehículo con un foco ígneo, decidió irse del lugar”, sostuvo en el escrito.

“Las particularidades del evento demuestran que conociendo el daño que podía causar, con su conducta creó un peligro que evidenció un desprecio por la vida humana. Actuó con dolo eventual pues se representó la posibilidad de producción de resultado”, consideró Cuñarro.