“El mar argentino está nuevamente en riesgo”, deslizan desde Greenpeace, una de las organizaciones que se opone firmemente al avance del proyecto de exploración sísmica en el Mar Argentino.

El conflicto lleva más de un año: Por un lado, la empresa noruega Equinor busca iniciar el proyecto de exploración sísmica a más de 300 kilómetros de la costa de Mar del Plata; por otro, la repuesta de abogados, organizaciones ambientalistas, investigadores y científicos de diversas áreas que se oponen al proyecto petrolero por el inminente riesgo socio ambiental que conlleva.

Desde la Asamblea Libre de Petroleras, cada 4 del mes –como hoy- y desde hace un año, se pronuncia en la calle en contra del avance del proyecto de exploración sísmica en el marco del “Atlaticazo”. Esta vez, en el documento oficial de hoy advierten que “el puerto es un territorio en disputa y en riesgo, ya que el proyecto petrolero costa afuera lo pone como posible centro logístico para las operaciones de las corporaciones. A eso se sumará seguramente la necesidad de un polo para el refinamiento y la utilización de los hidrocarburos extraídos y poco a poco, el nuevo enclave extractivista irá ganando terreno hasta desplazar completamente a la actividad pesquera como ya ocurrió en el pasado”.

Y finalizan: “A pesar de las resoluciones del gobierno y la complicidad de la justicia y de la voracidad de éste sistema que parece no detenerse ni un segundo, nos seguimos encontrando en las calles”.

Al momento, la causa se encuentra a cargo del juez federal Santiago Martín y todavía no tiene una sentencia firme. En tanto, desde que la medida cautelar que frenó el inicio de la exploración sísmica durante todo el 2022 fue levantada por Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad en diciembre pasado, la empresa noruega se encuentra habilitada para iniciar sus tareas condicionada por una serie de “medidas especiales” hasta que la sentencia sea definitiva.  

Fue el 25 de enero pasado cuando la nueva decisión de los jueces Eduardo Jiménez y Bernardo Bibel -convocados en medio de la feria judicial- permitió que las empresas contratadas puedan iniciar los trabajos de retrospección sobre el Mar Argentino en busca de hidrocarburos en la zona CAN 103.

Para analizar el escenario actual y profundizar acerca del nivel de rigurosidad de las nuevas medidas que se le exige a la empresa noruega para que inicie las actividades, NA dialogó con Gonzalo Vergez, miembro de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas.

Exploración offshore en el Mar Argentino: ¿cuáles son las condiciones temporales que habilitaron el inicio de la actividad?

En primer lugar, el experto consultado recordó que, a fines de diciembre diversas organizaciones (entre las que se encuentra Greenpeace, Ecos de Mar, Surfrider Argentina y la Asociación Argentina de Abogados/as Argentinos) presentaron un recurso extraordinario en contra del levantamiento de la medida cautelar. "Estamos ante la eventual provocación de un daño en el medioambiente de insusceptible reparación ulterior, por lo que la resolución resulta equiparable a sentencia definitiva", se expresó en el documento presentado por las ONGs, pero fue rápidamente denegado por la Cámara.

A los pocos días, la Asociación de Abogados/as Ambientalistas junto a las ongs ambientalistas antes mencionadas elevaron una queja ante la Corte Suprema de Justicia –la cual fue recibida y está a la espera de una resolución- luego de que haya sido denegado el recurso extraordinario ante los camaristas.

En este marco, Vergez dice con preocupación que “la queja elevada a la Corte Suprema si bien está en curso y a la espera de una resolución, no tiene el poder de frenar el avance de las exploraciones como sí lo había logrado hacer la medida cautelar”.

Asimismo, explicó que “si bien por el momento la exploración offshore tiene permiso de avanzar luego de que se levantara la Cautelar, la Causa de fondo a cargo del juez federal Santiago Martín continúa su curso, quien tiene que trabajar las cuestiones de fondo acerca de la legitimidad y la constitucionalidad de los permisos otorgados (vinculados a cuestiones de fondo principalmente en relación a los estudios exigidos sobre el impacto ambiental) para el desarrollo de la exploración offshore en la costa y dictar una sentencia definitiva”.

Las condiciones para que la exploración avance

Tras el levantamiento de la medida cautelar por la Cámara Federal de Apelaciones ésta fijó las condiciones “esenciales” bajo las cuales el proyecto podría avanzar mientras se llega a una sentencia definitiva.

Entre las más significativas, se encuentra aquella que dice que, si se observa alguna afectación al ambiente en el desarrollo del proyecto, automáticamente deberá frenarse. En la resolución se manifestó así: la exploración "deberá suspenderse inmediatamente ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente, tanto por parte de las autoridades administrativas o judiciales como por parte de los responsables de su ejecución".

En esta misma línea, se exhortó a las autoridades a que "propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control" sobre las tareas de exploración, a fines de "cumplir con las mandas que el derecho impone en la materia respecto a la tutela del medio ambiente, y para velar por el cumplimiento de cualquiera de las condiciones antes establecidas, debiendo articularse la inmediata suspensión de las actividades del proyecto en caso de incumplimiento".

-Frente a los requisitos impuestos en relación al estudio de impacto ambiental complementario que tuvo que realizar la empresa Equinor junto al Estado Nacional y que fue aprobado por la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad, ¿qué análisis podés hacer?  

-Que es imposible de que haya sido realizado en tan solo 40 días. Se puede decir que se hizo, presentar documentación en curso, pero es insuficiente para demostrar el nivel de impacto ambiental que puede provocar efectivamente el inicio de la actividad. Sin embargo, desde la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad, cediendo a presiones externas, se aceptó el estudio como prueba suficiente para el levantamiento de la medida cautelar.

Nos toca ser uno de los órganos de control y continuar denunciando en el expediente todo aquello que resulte riesgoso o insuficiente hasta que la causa tenga una sentencia firme.

Exploración offshore en el Mar Argentino: ¿cuáles son las condiciones temporales que habilitaron el inicio de la actividad?

En el texto donde quedaron fijadas las nuevas exigencias para el avance de la exploración sísmica, también se dispuso que deberán incluirse como "observadores permanentes" a miembros del equipo "Pampa Azul", en el número de integrantes que la autoridad administrativa considere adecuado, quienes "deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, por la tutela del Agujero Azul, así como denunciar a las autoridades administrativas y judiciales actuantes cualquier acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente, para propiciar la inmediata suspensión de las actividades".

Por otra parte, otras de las exigencias que quedaron establecidas fue que las actividades de prospección sísmica "no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a cincuenta 50 kilómetros" del sector que comprende la zona denominada "Agujero Azul".

En este sentido, Vergez asegura que tanto desde la Asociación a la que pertenece -junto al conjunto de organizaciones que se pronuncia en contra del avance del proyecto-, continuarán “aportando toda la documentación necesaria”, al tiempo que “controlando que cada punto se cumpla”, y “se seguirá trabajando para demostrar el alto riesgo ambiental que este tipo de exploraciones presenta”.