Un juez de la provincia de Córdoba desestimó un pedido sobre la orientación sexual de un hombre, al momento de establecer el régimen de visitas con sus hijos, e instó a la demandante a respetar el derecho a la diversidad.

Una mujer había solicitado al Juzgado de Familia Número 2 de la ciudad de Córdoba que se tuviera en cuenta que su exesposo, y padre de los menores, convivía con otro hombre.

Sin embargo, el juez Gabriel Tavip rechazó el planteo y exhortó a la mujer a que respete el derecho a la diversidad y ayude a sus hijos a crecer en un ambiente de aceptación, según publicó el portal Cadena 3.

De hecho, el magistrado calificó de "manifiestamente improcedente" la solicitud y agregó que "La vida privada y las decisiones personales de los progenitores -incluyendo su orientación sexual y el establecimiento de relaciones personales de cualquier índole-, forman parte de su esfera de intimidad".

"La orientación sexual o género de las y los progenitores en nada impacta en una resolución judicial relativa a los cuidados de los hijos o en la determinación del régimen de contacto", aseveró.

Asimismo, remarcó que "La verificación de la forma en que se llevan a cabo, se deduce del cumplimiento acabado de los deberes de protección, cuidado, respeto, acompañamiento y cumplimiento de sus deberes legales".

En su fallo, el juez advirtió a la madre que, en lo sucesivo, deberá abstenerse de exponer en la causa cuestiones que conciernen exclusivamente a la intimidad del padre de los niños.