La Cámara de Casación porteña confirmó la condena  a un año y medio de prisión en suspenso y la inhabilitación por tres años para un integrante de la Policía Federal por exigirle dinero a un “trapito” para dejarlo trabajar en cercanías de La Bombonera durante un partido de fútbol que disputaba Boca Juniors.

El máximo tribunal penal de la Capital Federal ratificó la condena contra Ángel Alfredo Palomino por el delito de “exacciones ilegales reiterado en dos oportunidades” por episodios ocurridos hace más de cinco años.

Según la acusación, Palomino, agente de la Seccional 33, estaba apostado “en las inmediaciones del Club Atlético Boca Juniors y el 26 de febrero de 2015, en la intersección de las calles Irala y Gualeguay, aproximadamente a las 15.30, mientras se hallaba desarrollando sus funciones de ‘policía adicional’, le exigió "dinero” a dos cuidacoches.

Ello, “a cambio de habilitarlos para llevar a cabo allí las tareas conocidas como ‘trapitos’ toda vez que en esa jornada se jugaba un partido de fútbol en el aludido club deportivo”.

En efecto, ese día Boca le ganó 2-1 a Wanderers de Uruguay, por la fase de grupos de la Copa Libertadores 2015.

De acuerdo con la documentación de la causa, “Palomino se acercó a López (uno de los trapitos, ndr) y, le dijo ‘me estás haciendo perder plata’”.

Así consiguió que una de las víctimas le dejara “dinero sobre el parabrisas de un vehículo marca ‘Volkswagen’ de color azul que se encontraba allí estacionado. Luego, Palomino se acercó al vehículo referido y tomó el dinero, cuyo monto no se ha podido establecer”.

Poco después, se dirigió a una casa cercana propiedad de otro de los cuidacoches, donde también retiró dinero.

El Tribunal Oral número 17, con el voto unipersonal del  juez Pablo Vega, dictó la condena que ahora fue confirmada por la Casación, con las firmas de los magistrados Héctor Magariños y Gustavo Bruzzone.

La ocurrencia de los hechos “encuentra respaldo en las imágenes de las cámaras de seguridad exhibidas en juicio, donde si bien no es posible observar el momento de la entrega del dinero, si se puede advertir una secuencia que coincide plenamente con lo descripto, lo que al menos a modo indiciario concurre a avalar la hipótesis de cargo”, sostiene el fallo.

“La crítica en torno a la deficitaria reconstrucción del suceso histórico no se condice con el resultado de la revisión del fallo llevado a cabo en esta instancia, en donde no se advierte arbitrariedad alguna en la ponderación de los diversos elementos de prueba producidos en el juicio, por lo que este agravio también debe ser rechazado”, resumió la confirmación.