El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta condenó en las últimas horas a 9 años y 8 años y dos meses de prisión a dos líderes espirituales de un templo Umbanda, por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual.

Se trata de Juan Soria Villalba y su pareja, María Ester Arroyo, a quienes la Justicia los consideró responsables de esos delitos a los que se les sumó el agravante de intimidación, vulnerabilidad de las víctimas, por haberse consumado la explotación y por ser los imputados ministros de un culto religioso, y por las lesiones leves perpetradas a dos víctimas, en concurso real.

La condena, según publicó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, estuvo en línea con la acusación formulada por el fiscal federal de Salta, Eduardo José Villalba.

Además, la jueza Gabriela Catalano y el juez Abel Fleming, dispusieron la inhabilitación de la pareja imputada, por el tiempo que dure la condena, y ordenaron el decomiso de 18.600 dólares, para ser afectados al Fondo Fiduciario de Asistencia Directa a Víctimas de Trata de Personas, en caso de que quede firme la sentencia, las cédulas azules de un Volkswagen Gol Trend, tres teléfonos celulares y el embargo preventivo del inmueble donde funcionaba el culto.

También, por razones humanitarias, ordenaron la devolución de 61.000 pesos a la pareja acusada y que el cumplimiento de la condena, en el caso de Arroyo, fuera bajo la modalidad de prisión domiciliaria.

Por su parte, el juez Domingo Batule, que votó en disidencia, se había expresado en favor de la aplicación de una condena de 5 y 6 años de prisión para Soria Villalba, y de 5 años y 1 mes para Arroyo, como coautores de explotación económica del ejercicio de la prostitución ajena agravada por intimidación y la situación de vulnerabilidad de las víctimas y por ser las personas imputadas ministros de un culto, en concurso con el delito de lesiones leves.

De acuerdo con la acusación postulada por el fiscal general Villalba, quien contó con la asistencia de la auxiliar fiscal Vanina Pedrana, los hechos tuvieron lugar en el santuario que los acusados dirigían en la calle 16 de septiembre 338, en Villa San Antonio, a pocas cuadras del casco céntrico de la capital provincial.

De acuerdo a una denuncia, en febrero de 2021, la pareja, cuyos integrantes se hacían llamar “Pae” y “Mae”, captaba a personas en estado de vulnerabilidad, que luego eran explotadas en su beneficio y para lo cual se valían de actividades religiosas dirigidas a venerar a San La Muerte, dentro del credo Umbanda y Kimbanda.

Según la acusación de la fiscalía, esta modalidad era ejecutada por los acusados a partir de fuertes actos intimidatorios, siempre valiéndose del orden doctrinal del culto para infundir temor en sus víctimas, ya sea porque las “entidades” divinas que invocaban estaban molestas por su falta de devoción, o bien las utilizaban para augurar promesas de porvenir si eran fieles.

Así, a través de esta estructura religiosa, la pareja acusada logró que dos mujeres accedieran a prostituirse, lo que les permitió obtener ganancias, de las que se valían para su sustento personal.

Además, Soria Villalba y Arroyo se apropiaron del vehículo de una de las víctimas, y tenían proyectado comprar el inmueble del templo con el dinero que ellas les proveerían, lo que finalmente sucedió, tal como se probó en el debate.

En su alegato, el fiscal Villalba también explicó que las personas acusadas no se conformaron con quebrar la voluntad de las víctimas, sino que las “exprimieron” al máximo, ya que se probó que no sólo ejercían un control de los servicios sexuales, sino también que las tenían bajo vigilancia constante y que incluso promovieron que una de las mujeres ejerza esa actividad en provincias vecinas y también en Bolivia.