El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº17 condenó a la pena de prisión perpetua al responsable del homicidio del turista inglés Matthew Charles Gibbard, ocurrido en diciembre de 2019 frente al Hotel Faena de Puerto Madero.

La jueza Silvia Guzzardi y los magistrados Pablo Vega y Juan Giudice Bravo consideraron a Ángel Eduardo Lozano Azuaje, autor del crimen y miembro de una asociación ilícita que tenía como objetivo robarle a personas que ingresaban al país por el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, a quiénes “marcaban” y seguían desde allí hasta su destino.

En esa línea, el tribunal condenó a otras seis personas por ser integrantes de la misma asociación: las penas fijadas para ellas están entre los cuatro y los dos años y seis meses de prisión.

Además, y según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, el tribunal ordenó que se comunique la decisión a Dirección Nacional de Migraciones (DNM) donde se específica que es un impedimento para la permanencia en el país la fijación de una condena mayor a los tres años de prisión.

En su alegato, la fiscalía había solicitado la intervención de la DNM para que disponga la expulsión del país de los involucrados, todos de nacionalidad venezolana. El tribunal ordenó también el decomiso de los autos y motocicletas utilizados en la comisión de los hechos y dispuso la absolución de otras tres personas que no habían sido acusadas por la fiscalía.

En el debate intervino la fiscal María Luz Castany, en representación de la Fiscalía N° 30 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, que había solicitado la imposición de esa pena. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 14 de marzo del año próximo.

LEE: Piden perpetua para el acusado del homicidio de un turista inglés frente al Hotel FaenaEl hecho ocurrió el 14 de diciembre de 2019 cerca de las 11 frente al Hotel Faena de Puerto Madero, cuando Lozano Azuaje se acercó a Matthew Charles Gibbard y a su hijastro Stefan Zone en el momento en el que estos se bajaban de una combi que los había trasladado desde Ezeiza. El ahora condenado les exhibió un arma, les exigió que entregaran sus valijas y relojes, y ante la resistencia de ambos, mató a Gibbard de un disparo e hirió de gravedad a Zone. 

El turista inglés recibió un tiro en su espalda que le causó la muerte mientras que a su hijastro fue herido en la pierna izquierda, lo que le produjo una fractura expuesta lateral del fémur. El joven estuvo siete días en terapia intensiva y tardó seis meses en volver a caminar, de acuerdo al testimonio que dieron tanto el propio Zone como su madre -y pareja de Gibbard- en el juicio.

Por esta secuencia, Lozano Azuaje fue condenado a prisión perpetua debido a que el tribunal lo consideró responsable por los delitos de “robo doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por su comisión en lugar poblado y en banda, en grado de tentativa” y por los delitos de “homicidio agravado criminis causae [para ocultar otro delito] y homicidio agravado criminis causae, en grado de tentativa”.

Y con respecto a la asociación ilícita destinada a cometer los delitos, los jueces señalaron como miembros tanto a Lozano Azuaje como a Aly Ramos Ladera, Carlos José López Sánchez, Luis José Lozano León y a Miguel Ángel Aguirre Cancine.

A estos últimos cuatro, el tribunal los consideró además responsables por el delito de “robo doblemente agravado por el uso de arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada, y por su comisión en lugar poblado y en banda”, en relación a un hecho ocurrido un día antes del homicidio de Gibbard en la zona de Belgrano, y les fijaron una pena de cuatro años de prisión.