Condenaron a 12 años de prisión al líder de una organización por el traslado de 244 kilos de marihuana en 2015
Se trata de Walter Bardinella Donoso quien está vinculado a una organización investigada y en la que ya fueron condenadas otras tres personas. Un juez federal de Mendoza acusado por asociación ilícita se inhibió de investigar al ahora condenado.
El Tribunal Oral Criminal Federal N° 2 de Mendoza condenó a 12 años de prisión a un hombre acusada de organizar y financiar el traslado de 244 kilos de marihuana en 2015. La pena fue dictada en sintonía con el pedido solicitado por la fiscal general Gloria André.
Según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, el ahora condenado es Walter Bardinella Donoso quien fue encontrado culpable de haber sido parte de una organización desbaratada en el marco de una investigación en la que ya fueron condenadas otras tres personas.
En el año 2020, Bardinella Donoso fue procesado con prisión preventiva por la presunta coautoría de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas.
El caso tiene la singularidad de que el 7 de mayo de 2021 el titular del Juzgado Federal N° 1 de Mendoza, Walter Bento, actualmente requerido a juicio por liderar una asociación ilícita que cobraba coimas a cambio de favores judiciales, se inhibió de continuar interviniendo en la causa, luego de haber sido imputado por irregularidades en su tramitación.
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Bardinella fue elevado a juicio acusado como coautor del transporte del cargamento y al momento de la apertura del debate se le amplió la calificación por la figura de organizador y financista de la maniobra.
La investigación se originó a partir de una compulsa solicitada por la fiscalía en el juicio llevado a cabo contra Darío Rodríguez Andino, Armando Guevara Altamirano y Jorge Bartolaccini, con el fin de que se le imputara a Bardinella Donoso el delito de transporte de estupefacientes.
En aquella causa, Rodríguez Andino fue condenado por el delito de transporte de estupefacientes y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas, mientras que a los dos restantes se los condenó por transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres
o más personas.
Los hechos que motivaron esa condena tuvieron origen el 31 de agosto de 2015, tras una investigación llevada a cabo por la Dirección de Lucha contra el Narcotráfico de la provincia de Mendoza.
Tras intervenir diversas líneas telefónicas, entre ellas la de Rodríguez Andino, se permitió interceptar en la localidad de El Sosneado un vehículo Volkswagen Gol conducido por Guevara Altamirano y acompañado por Rodríguez Andino.
El auto escoltaba un camión Mercedes Benz conducido por Bartolaccini que transportaba 244 kilos de marihuana acondicionada en 346 paquetes ocultos en diez cajas de cartón. Ese mismo día se ordenaron allanamientos en los domicilios de los acusados, de donde se incautó más estupefaciente, balanzas y dinero en efectivo.
Durante el debate, y a partir de las intervenciones telefónicas, se determinó que Rodríguez Andino se comunicaba con una persona de nombre Walter, identificado por la fiscalía como Bardinella Donoso.
Por ello, solicitó que este último fuera elevado a juicio como coautor de transporte de estupefacientes, agravado por la intervención organizada de tres o más personas.
La defensa del acusado reclamó la falta de mérito de la acusación, considerando que no se había demostrado la participación de Bardinella en los hechos.
El titular del Juzgado Federal N° 3, Marcelo Fabián Garnica consideró que los testimonios recabados por la fiscalía y las conversaciones analizadas en la investigación "darían cuenta de la concreta participación de Bardinella Alonso en el hecho de transporte de estupefacientes".
El magistrado destacó además que el acusado fue identificado en otras investigaciones de narcotráfico contemporáneas a los hechos investigados en la causa.
También dio por válido el informe presentado luego de un peritaje acústico realizada por la Policía Federal que concluyó que la voz en las escuchas era coincidente con la del acusado.