Causa Maradona: prohíben la salida del país a Luque y Cosachov
Lo decidió el juez Orlando Díaz. El médico y la psiquiatra están imputados por el delito de homicidio con dolo eventual.
El juez de garantías de San Isidro Orlando Díaz prohibió la salida del país del médico Leopoldo Luque y la psiquiatra Agustina Cosachov, en el marco de la causa por la muerte de Diego Maradona.
La medida dispuesta por el juez de San Isidro abarca también a los otros acusados: los enfermeros Dahiana Madrid y Ricardo Almirón, el psicólogo Carlos Díaz, y los médicos Nancy Forlini y Mariano Perroni.
La prohibición de salida del país fue una medida pedida por los fiscales como alternativa a la detención que en su momento se evaluó entre el equipo de cuatro fiscales de San Isidro que investigan el caso.
Al ser una medida restrictiva, la misma debía ser convalidada por el juez, quien finalmente le hizo lugar hoy.
“Entiendo pertinente clarificar que la restricción de salida del país que respecto de ellos ha de imponerse en modo alguno debe traducirse en una mutación del status jurídico que se les concediera a partir de la eximición de prisión oportunamente otorgada, sino que constituye, tan solo, una medida asegurativa adicional a las impuestas en aquella oportunidad procesal”, sostuvo en su resolución.
Al analizar el pedido, el juez tuvo en cuenta “la magnitud de la penalidad en expectativa, la complejidad investigativa que ofrece el proceso por sus particulares características y la pluralidad de imputados han sido reconocidos en reiterada y pacífica jurisprudencia nacional y convencional para mensurar la imposición, continuidad y cese de las medidas de coerción procesales”.
Es que hace días, la fiscalía agravó la acusación de los siete imputados pasando de homicidio culposo a homicidio simple con dolo eventual, este último delito con una pena máxima en caso de haber condena de hasta 25 años de prisión.
“No puede soslayarse la altísima expectativa de pena que, a partir de la primigenia calificación legal ahora adoptada, podría imponerse como resultado del procedimiento, como también la complejidad investigativa que ofrece la encuesta, la cual además se halla en pleno trámite”, dijo el magistrado.
Por ello, dijo que es “adecuada” la medida “en miras de asegurar su sujeción a proceso y su normal desarrollo, abasteciéndose con ello el requisito de proporcionalidad”.
En otro punto, rechazó un pedido de la enfermera imputada Dahiana Madrid, quien a través de su abogado reclamó declarar bajo juramento de decir verdad, algo que sí están obligados a hacer los testigos y no los imputados.
El próximo lunes comenzará la primera indagatoria, finalizando la ronda de las mismas el próximo 14 de junio con el médico Luque.