La Cámara Federal de Casación confirmó el fallo que levantó las medidas cautelares, entre ellas la prohibición de salida del país, sobre Raúl Pérez Roldán, padre del ex tenista Guillermo Pérez Roldán, acusado por sus propios hijos de lesiones, privación ilegal de la libertad agravada, abuso sexual, reducción a la servidumbre, administración fraudulenta, lavado de activos y trata de personas.

El fallo ratifica una decisión de la Cámara Federal de Mar del Plata, que consideró excesivas las medidas restrictivas sobre Pérez Roldán padre, entre ellas la prohibición de salida del país, la retención de documentos de viaje y la obligación de fijar domicilio del que no podrá ausentarse por un lapso mayor de 72 horas sin autorización.

Al revocar esas medidas, “el Tribunal analizo adecuadamente las circunstancias por las que correspondía revocar las medidas relativas a la vigilancia de Raúl Pérez Roldán”, dijeron los jueces Guillermo  Yacobucci, Ángela Ledesma y Alejandro Slokar.

No obstante, permanecen vigentes otras medidas de seguridad para Pérez Roldán hijo –quien vive en el exterior- y su hermana, Graciela -quien dispone de un botón antipánico-, las que “resultan suficientes a los fines de garantizar su protección”.

“Raúl Pérez Roldan se encuentra investigado en las presentes actuaciones por los delitos de lesiones, privación ilegal de la libertad agravada, abuso sexual, reducción a la servidumbre, administración fraudulenta, lavado de activos y trata de personas”, explica el fallo.

Sus hijos, aclara la resolución, “eran menores de edad” al momento de los hechos y argumentaron que en el caso de que finalmente su padre sea condenado la pena “no será de ejecución condicional sino de cumplimiento efectivo”.

Pero la defensa del imputado argumentó que éste “tiene una avanzada edad, y han transcurrido muchos años desde la ocurrencia de los hechos denunciados y en este ínterin tampoco se ha dado de la existencia de acciones de hostigamiento o represalias para evitar la investigación”.

“A pesar de haber pasado casi tres años desde la divulgación mediática de los hechos Raúl Pérez Roldan no intentó ninguna maniobra evasiva que ponga en riesgo el proceso. Cuando tomó conocimiento de la existencia de la causa penal se presentó en la justicia junto a sus letrados defensores, constituyo domicilio, aportó todos sus datos, y desde entonces viene colaborando con la instrucción y cumpliendo con las medidas restrictivas que le fueron impuestas”, añadió la defensa.

Además, indicó que Pérez Roldán padre “está próximo a cumplir 78 años de edad y que posee una incapacidad física a consecuencia de sus problemas cardíacos”.

El fallo indica que el levantamiento de las medidas cautelares puede ser revertido ante el surgimiento de nuevos hechos que lo justifiquen.

“Siempre está la posibilidad de que ante nuevos elementos o un cambio de las circunstancias las partes puedan efectuar los eventuales planteos en su origen, que deben ser resueltos previa audiencia contradictoria con la presencia de todas las partes donde los litigantes aporten la información que consideren pertinente y argumenten sobre dichos extremos”, sostiene la resolución.