Autorizan al hijo de Pablo Escobar, acusado por “lavado”, a viajar a México para dar conferencias
El fiscal se había opuesto pero el tribunal oral, integrado por uno de los jueces que juzga a Cristina Kirchner en la Causa Vialidad, replicó que no hay razones para impedirle el viaje.
El Tribunal Oral Federal número dos autorizó a Juan Sebastián Marroquín Santos, hijo del difunto narcotraficante colombiano Pablo Escobar Gaviria y a la espera en la Argentina de un juicio oral por lavado de activos, a viajar a México para dar un ciclo de conferencias.
Los jueces Rodrigo Giménez Uriburu (uno de los que juzga a Cristina Kirchner en la Causa Vialidad) y Néstor Costabel consideraron que “debe mantenerse el temperamento de no restringir su libertad ambulatoria ante la perspectiva de este viaje en particular”.
Marroquín Santos pidió autorización “para viajar con fines laborales a las ciudades de México, Querétaro, Minatitlán y Cosoloacaque –Estados Unidos Mexicanos-, entre los días 20 de noviembre y 4 de diciembre”.
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En el escrito explicó que fue invitado por la empresa MLW Eventos & Comunicación “para participar de diversas conferencias”.
El hijo de Pablo Escobar está procesado junto con otros colombianos y argentinos, entre ellos el ex futbolista de Boca Juniors Mauricio “Chicho” Serna, por los presuntos delitos de “lavado y asociación ilícita”, que contemplan penas de entre los cuatro años y medio y 13 años y tres meses de prisión.
El fiscal coadyuvante José Ipohorski Lenkiewicz se había opuesto a la autorización de salida del país en razón de “la escala penal prevista” para el delito que se le imputa, que incluye “actividades delictivas trasnacionales que habrían tenido lugar en distintos países del continente americano”.
Pero el tribunal recordó que Marroquín Santos ya fue autorizado a viajar al exterior en otras oportunidades a lo largo del año, al igual que otros imputados, entre ellos el propio Serna.
El argumento fiscal para oponerse a la salida del país, según el tribunal, es “insuficiente para proclamar la concurrencia de riesgos procesales impedientes de la autorización pretendida”.
“El acusador público no ha referido siquiera someramente cuáles serían las pautas objetivas que en este caso concreto y respecto de Sebastián Marroquín Santos lo llevan a alcanzar y sostener ese convencimiento”, replicaron.
Además, recordaron que “el presente juicio se encuentra transitando la etapa preliminar sin que aún se haya dispuesto la citación a juicio de las partes”.