Una jubilada aceptó una condena de tres años de prisión en suspenso por tentativa de estafas con tarjetas de crédito obtenida ilegítimamente y falsificación de documento, pero nunca comprendió que quedaría presa y ahora pidió anular el acuerdo judicial.

Conforme a lo indicado en el expediente, la mujer acordó una pena de tres años de cárcel en suspenso que se unificaría con otra igual que, cuando quedara firme, sería de cumplimiento efectivo.

Aun así, se supo que la jubilada se presentó ante la Justicia y manifestó que “no entendió lo que significaba, ni lo que se le leía y después se dio cuenta que había aceptado la culpa por hechos que no cometió y que podía ir presa”.

En el juicio abreviado admitió que en 2020 concurrió a un supermercado mayorista en la localidad de Malvinas Argentinas para realizar una compra que no se concretó ya que la cajera le advirtió lo que pasaba.

Esta pena iba a estar unificada con otra que fue establecida por el Tribunal Oral Federal 5 de la ciudad de Buenos Aires, pero en su descargo actual argumentó que no entendió el significado de “cumplimiento efectivo”, es decir, que iría presa.

“Aceptó una condena que era en suspenso. Por ello aceptó no ir a juicio y en ese momento le informaron que en caso de nueva condena la misma sería también de cumplimiento en suspenso”, detalló su defensa.

Sin embargo, sostienen en el escrito que “se encontró con la sorpresa de que en este nuevo expediente [fue] condenada en suspenso, pero la unificación de ambas condenas es de cumplimiento en detención”.

Casación rechazó los argumentos y le dio validez a la condena pactada al señalar que la acusada tenía asesoramiento de un abogado, fue a una audiencia donde se explicó el tema y firmó.

Aun así, aceptó disponer que se revise la decisión de obligarla a cumplir la pena en una cárcel y evaluar que siga excarcelada, al considerarla una mujer mayor a cargo de su marido enfermo.