Absolvieron a mujer acusada de matar a su hijo porque no sabía que estaba embarazada y creyó que expulsó un coágulo
En el juicio se probó que tenía antecedentes médicos que explicaban su situación.
Una mujer acusada por el presunto homicidio de su hijo recién nacido fue absuelta por un tribunal oral que entendió que, tal como ella lo argumentó en su descargo, aseguró que la criatura nació sin vida y que ella no sabía que estaba embarazada.
Tribunal Oral número 30, integrado por los jueces Luis María Rizzi, Guillermo Friele y Marcela Rodríguez, absolvió a “La China" (su identidad permanece en reserva por cuestiones legales), una venezolana que se encontraba actualmente en prisión domiciliaria.
La mujer estaba acusada de “haber dado muerte a su hijo recién nacido, en momentos posteriores al parto producido el 15 de diciembre de 2020 en su domicilio, a quien envolvió en una tela, lo colocó en una bolsa de residuos negro y lo arrojó en un contenedor de basura”.
No obstante, la fiscal de juicio, Gabriela Gils Carbó, entendió que no podía acusar y en su alegato invocó la perspectiva de género, definió a la imputada como “buena madre” y cuestionó la actuación de las instancias judiciales anteriores, que derivaron en el juicio oral.
“La China” contó que en la noche del 15 de diciembre de 2020 sintió un dolor agudo en sus ovarios que atribuyó a la menstruación en un cuadro de “síndrome de ovario poliquístico”.
A la mañana siguiente expulsó lo que creyó que eran coágulos pero en rigor se trataba de un parto “en avalancha” cuando, en realidad, no sabía que estaba embarazada.
Un cartonero halló sábanas ensangrentadas en un contenedor de basura y avisó a la policía que contenían lo que parecía ser un feto.
Los abogados de la imputada, Gastón Marano y Fernando Sicilia, habían pedido también la absolución.
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“Este Tribunal ha sostenido reiteradamente que carece de jurisdicción para dictar un pronunciamiento condenatorio ante la falta de acusación fiscal, ya que ello implicaría una transgresión a las garantías constitucionales de la defensa en juicio y del debido proceso”, dijeron los jueces.
El veredicto destacó que “la Fiscalía entendió que la prueba pericial producida no resultaba suficiente para sostener la imputación”.
“Las razones que ha brindado dan acabado sustento para que este Tribunal entienda que la valoración que ha efectuado no resulta arbitraria”, completaron los jueces.
Durante el juicio se acreditó que “La China” ya tenía enfermedades placentarias y ováricas previas; que supo que estaba encinta de los hijos cuando cursaba el séptimo mes de embarazo y que en este caso nunca tuvo síntomas que le hiciera presumir un embarazo.
La mujer, quien registra un antecedente de pérdida de un embarazo de 28 semanas de gestación en Venezuela, tenía –según su ficha médica- “menstruaciones dolorosas en las que expulsaba coágulos”.