La Cámara Nacional Electoral hizo lugar a un pedido del Frente Renovador para impedirle al actual intendente de Tigre, Julio Zamora, ir pegado a la boleta presidencial de Sergio Massa en Unión por la Patria.

En una resolución con votación dividida, los jueces el tribunal electoral consideraron que Zamora no cuenta con el aval necesario de parte de Unión por la Patria para adherirse a la lista de Massa y Agustín Rossi.

“Para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, la unión de las boletas de las listas de precandidatos deberá contar, además, con el consentimiento expreso de los apoderados de las listas”, aseguró el fallo.

Esta decisión de la Cámara Electoral se enmarca en la dura interna que tiene lugar en el municipio de Tigre entre el massismo y Zamora, quien busca su reelección y peleará en la interna contra la titular de Aysa, Malena Galmarini.

El intendente de Tigre cuestionó la medida judicial y advirtió que se trata de un "capricho" del ministro de Economía para favorecer a la precandidata a intendenta.

El fallo llevó las firmas favorables de los magistrados Santiago Corcuera y Daniel Bejas, con el presidente del tribunal, Alberto Dalla Vía, que votó en disidencia.

De esta forma, Zamora no podrá competir pegado a la lista de Massa, que se presume ganadora en la interna nacional, y solo podrá ir con la del precandidato del Frente Patria Grande, Juan Grabois.

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Los jueces citaron en la resolución las palabras del vicejefe de Gabinete de Alberto Fernández, Juan Manuel Olmos, quien señaló -en su rol de apoderado del oficialismo- que "el hecho fáctico de compartir el cuerpo electoral debe tener intrínseca una mínima comunión política entre todos los integrantes de las diferentes categorías, máxime cuando se trata del precandidato que encabeza en orden correlativo la boleta, hecho que no se verifica en el caso del precandidato denunciado por sus públicas declaraciones".

"Los recurrentes se oponen a dicha posibilidad argumentando que después de presentado el modelo de boleta ante la junta electoral de la agrupación, pero antes de llevarse adelante la audiencia para la aprobación judicial de las adhesiones, el precandidato a intendente de la lista 8 tuvo, respecto del precandidato a presidente de la lista A, 'dichos públicos e injustificados, agravios maledicentes […] que lo coloca a él en una confrontación personal, ideológica y funcional con el precandidato a presidente'. Citan, en sustento de sus dichos, diversas notas de prensa y añaden que 'las expresiones vertidas configuran 'injurias y calumnias graves'”, afirmó el fallo.