Esta semana tuvo lugar la asunción al frente del Consejo de la Magistratura del presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), Horacio Rosatti, dando paso a un nuevo capítulo de la severa crisis institucional que atraviesa el Poder Judicial desde hace varios años.

La decisión se concretó luego de que la Corte declarara en diciembre del año pasado la inconstitucionalidad de la ley N° 26.080 (sancionada en 2006) que regula la composición y el funcionamiento del Consejo de la Magistratura. Entendía, de este modo, que no estaba garantizado el equilibrio requerido por el
artículo 114 de la Constitución nacional entre los estamentos que lo componen (jueces/as, abogados/as, legisladores/as nacionales, representantes del ámbito académico y un/a representante del Poder Ejecutivo).

En esa sentencia, la Corte exhortó al Congreso nacional a que en un plazo de 120 días corridos a partir del 16 de diciembre de 2021 (las sesiones ordinarias comienzan el 1° de marzo) sancionara una nueva ley del Consejo de la Magistratura acorde al fallo.

También estableció que si el Congreso no sancionaba una nueva norma en el plazo fijado, cobraría vigencia el régimen previsto en la ley N° 24.937 de 1997 –derogada en 2006 por decisión del Congreso– que, entre otras particularidades, prevé que la presidencia del Consejo de la Magistratura esté a cargo del/la presidente/a de la CSJN.

Llama poderosamente la atención que un juez que aceptó ingresar al máximo Tribunal por decreto sin pasar por el Senado (situación que luego, afortunadamente, fue revertida) y que se auto-votó para ocupar la Presidencia de la Corte sea el mismo que haya fallado a favor de colocarse a sí mismo y en forma simultánea al frente del Consejo de la Magistratura. La concentración unipersonal de poder nunca puede redundar en un beneficio para la República y las instituciones democráticas y por lo tanto debe preocuparnos a todos/as.

Por otro lado, tampoco resulta coherente ni razonable el exiguo plazo de 120 días corridos que la Corte dio al Parlamento para sancionar la nueva ley, si se tiene en cuenta que se trata de una causa que tramitó durante más de 15 años en la Justicia, de los cuales más de 4 años estuvo en la propia CSJN. Es decir, la Corte se tomó más 50 meses para resolver acerca de la inconstitucionalidad de la ley, pero le exige al Congreso que sancione en tan solo cuatro meses una nueva ley para el desarrollo de una institución trascendental para el Estado argentino.

Sin embargo, el aspecto más problemático y preocupante por estos días radica en la decisión de la Corte de reflotar una ley derogada hace más de 15 años por el Congreso. En su fallo, la Corte no solo declaró la inconstitucionalidad de la ley N° 26.080 –lo cual es algo perfectamente posible dentro de nuestro diseño constitucional– sino que se arrogó la facultad de suplantar la voluntad del Congreso, dando vigencia a una ley derogada por el cuerpo legislativo que, entre otras cosas, decidió expresamente excluir a la Corte de la composición del Consejo de la Magistratura.

Ahora la Corte no solo vuelve al Consejo sino que asume su Presidencia en forma permanente e inamovible... ¡por decisión de la propia Corte! y en abierta contradicción a lo decidido hace más de 15 años por los/as representantes del pueblo. Esto es algo gravísimo e incompatible con nuestro sistema institucional democrático.

El Consejo de la Magistratura fue creado en la reforma constitucional de 1994 y tiene como principal facultad administrar el Poder Judicial de la Nación y llevar a cabo los procesos de selección y remoción de los/as jueces/as federales. Con anterioridad a 1994 la administración del Poder Judicial estaba a
cargo de la Corte. Encomendar estas funciones al Consejo de la Magistratura en lugar de la CSJN obedeció a la idea de que fuera un órgano plural y diverso quien se encargue de administrar la justicia, seleccionar y remover a sus magistrados/as y no la cabeza de un poder en donde imperan muchas veces las lógicas corporativas y de casta.

La asunción de Rosatti al frente del Consejo por decisión de la Corte implica, desde esta perspectiva, un enorme retroceso institucional respecto del camino trazado por la Convención Nacional Constituyente de 1994 y por el Congreso de la Nación desde 2006 a la fecha. Que la CSJN presida de manera permanente e inamovible el Consejo de la Magistratura no solo refuerza y consolida las prácticas corporativas, sino que también produce un
desequilibrio manifiesto en favor de uno de sus estamentos –el estamento judicial–, lo cual contradice el propio argumento de la Corte –precisamente, el equilibrio entre estamentos– en el fallo que declaró inconstitucional la ley N° 26.080.

Resulta evidente, más allá de los debates jurídicos –no menores, por cierto, tratándose del máximo Tribunal de la Nación– que la Corte se empeña en concentrar todos sus esfuerzos en una pelea sin cuartel para acumular mayor poder y para mantener sus privilegios corporativos, en un contexto de la Argentina en donde el Poder Judicial y la profunda crisis que lo atraviesa comienzan por fin a ser cuestionados por amplios sectores de la sociedad.

Cuando hablamos de crisis en el Poder Judicial no solo nos referimos a que un sector de la Justicia, con la Corte a la cabeza, se empeña en invadir las esferas de competencias de los otros poderes del Estado –como ha quedado en evidencia en el caso del Consejo de la Magistratura– sino y, fundamentalmente, al propio funcionamiento del servicio de justicia que debieran brindar los Tribunales, empezando por el más supremo de todos: la
Corte.

Juicios eternos, sentencias sin perspectiva de género, crímenes sin resolver por años y años, falta de acceso a la Justicia por parte de amplios sectores de la sociedad, miles de femicidios que podrían evitarse si la Justicia actuara a tiempo, Tribunales colapsados con demandas alimentarias, un atraso tecnológico que ni la pandemia logró revertir, entre muchas otras cuestiones, son algunos de los déficits que evidencia nuestro Poder Judicial.

Frente a ellos: ¿dónde está la Justicia? ¿Dónde está la Corte? La Corte, en vez de ponerse al frente del Consejo de la Magistratura en contra de lo decidido hace más de 15 años por el Congreso, debiera ponerse al frente de esta agenda urgente de transformaciones estructurales del Poder Judicial. La
concentración unipersonal de poder, la preservación de los privilegios corporativos y la invasión de las competencias de otros poderes poco aportan en esta dirección. Más bien, todo lo contrario.

(*) - Natalia Souto es diputada nacional de Somos/ Barrios de Pie en el Frente de Todos.