Un juez de la Capital Federal volvió a ordenarle al gobierno porteño que se abstenga de computar las faltas de los alumnos que decidan no concurrir a clases presenciales por temor a contagiarse coronavirus.

El magistrado en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, Guillermo Scheibler, dispuso “hacer lugar a la medida cautelar solicitada” por un grupo de padres y “ordenar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se abstenga de computar las faltas y/o quita de vacantes respecto de aquellos alumnos cuyos padres y madres resolvieran la no concurrencia de sus hijos a los establecimientos educativos”.

La medida es similar a la que el mismo juez había tomado en ocasión del primer decreto presidencial de Necesidad y Urgencia (DNU) que suspendió inicialmente las clases presenciales por dos semanas, y que la Corte Suprema terminó derribando mediante un fallo sancionado el martes último.

Aquella decisión del juez Scheibler no se respetó y, de hecho, el nuevo fallo consigna que “no se acreditó en la causa –en ninguna oportunidad- el cumplimiento de la medida ordenada”.

Ahora, ante las nuevas medidas dispuestas por el presidente Alberto Fernández y la caracterización de los estadios de la pandemia según la situación que se registra en las distintas regiones del país, el juez Scheibler determinó que “la Ciudad de Buenos Aires se encuentra actualmente en Alerta Epidemiológica y Sanitaria”.

Documentación

En ese contexto, la asesora tutelar Mabel López Oliva determinó que el gobierno porteño “no aportó un solo dato epidemiológico sobre la situación actual que atraviesa la Ciudad de Buenos Aires para fundar la seguridad de la presencialidad escolar en el contexto agudo de contagios y muertes por Covid-19”.

Además, el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta “refirió a documentos y/o estudios que darían cuenta de que las escuelas no son el principal factor de transmisión en la comunidad”, pero no presentó tal documentación.

Ante ese escenario, el juez Scheibler determinó que el nuevo DNU  “no constituye una mera prórroga del anterior sino un nuevo instrumento para planificación sanitaria, con nueva y robusta información y herramientas para el manejo en cada jurisdicción de diversas actividades en función del estado de la situación epidemiológica del lugar, con su propia fundamentación”.

Por eso, dispuso una nueva medida cautelar y reiteró que los establecimientos educativos locales no podrán computar como “faltas” las ausencias motivadas en el temor de contagio del coronavirus.

La medida cautelar ordena, además, que el gobierno de la Ciudad adopte “las medidas necesarias a fin de garantizar la escolaridad remota hasta el 21 de mayo de 2021”, fecha de expiración del nuevo DNU.

El gobierno porteño deberá además comunicar “en el plazo de un día a todos los establecimientos educativos la manda judicial aquí adoptada”.