La Cámara Federal de Casación Penal revocó un fallo que obligaba a la ANSES a pagarle una jubilación mínima a un acusado por defraudar a la propia caja previsional de los jubilados mediante jubilaciones y pensiones por invalidez falsas.

El propio acusado había obtenido para sí un beneficio irregular de esa naturaleza y le pidió a la justicia que le liberara el acceso a la caja de ahorros en donde percibía los pagos obtenidos de manera presuntamente fraudulenta.

La Cámara Federal de Mar del Plata le rechazó la posibilidad de seguir accediendo a esos pagos sospechados de truchos, pero ordenó –a modo de subsistencia- que se le otorgara un pago mensual equivalente a una jubilación mínima.

La ANSES apeló la medida, y la Sala Segunda del máximo tribunal penal, con las firmas de los jueces Alejandro Slokar, Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques,  revocó la resolución judicial que obligaba a la entidad a otorgarle el haber jubilatorio mínimo al acusado de conformar una asociación ilícita destinada a defraudarla.

La causa se inició por la investigación sobre una organización que tramitaba de manera fraudulenta beneficios previsionales –jubilaciones y retiros por invalidez, causando un perjuicio al patrimonio público de más de 100 millones de pesos.

“Se vulneró el derecho de la ANSES a intervenir en el legajo en defensa de los derechos e intereses”, sostuvo el fallo de Casación. “Debido a la relevancia del vicio en cuestión, la decisión (de otorgarle una jubilación mínima al imputado) no puede ser considerada un acto jurisdiccional válido, razón por la que corresponde su anulación”, resumió el fallo.