Rechazaron un habeas corpus de Pérez Corradi por sus condiciones de detención
La Cámara Federal de Casación declaró "mal concedido" un recurso de su defensa porque sus reclamos ya están en manos de los "jueces naturales".
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un habeas corpus presentado por Ibar Esteban Pérez Corradi, condenado por tráfico de efedrina y en prisión desde 2016, por presunto agravamiento de sus condiciones de detención. En voto dividido, la Sala Segunda del máximo tribunal penal del país declaró “mal concedido” un recurso de apelación presentado por el propio Pérez Corradi y fundamentado por su defensa oficial.
Los jueces Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci ratificaron sendas decisiones de primera y segunda instancia de la Justicia Federal de San Martín, advirtiendo que los reclamos de Pérez Corradi por mejores condiciones de alojamiento y la posibilidad de acceder a tareas laborales y estudiantiles están siendo canalizados por sus “jueces naturales”.
“Las pretensiones expuestas ante esta sede por el detenido Pérez Corradi, se encuentran siendo tratadas por su Juez Natural, quien posee pleno conocimiento de las mismas”, insistieron los jueces en el fallo de mayoría.
Pero además, consideraron que “no se encuentra en autos agravación ilegítima alguna de la forma y condiciones en que se cumple la privación de la libertad, máxime si tenemos en cuenta que su juez natural ha adoptado las medidas conducentes tendientes a brindar respuesta a las presentaciones incoadas por el detenido”, añade la resolución.
Pérez Corradi fue detenido en junio de 2016 después de una extensa negociación de sus abogados con el Ministerio de Seguridad de entonces, a cargo de Patricia Bullrich, tras permanecer más de cuatro años prófugo.
Una vez en la Argentina, Pérez Corradi quedó detenido a disposición de la jueza María Servini, quien en dos oportunidades dictó su falta de mérito en la causa por la presunta autoría intelectual del Triple Crimen de General Rodríguez.
Desde entonces fue condenado en tres juicios: uno por lavado de activos, a dos años y cuatro meses de prisión; otro por tráfico de efedrina, a siete años, y el tercero por el envío a Estados Unidos de un medicamento opiáceo prohibido, a dos años y tres meses. Ninguna de esas condenas está firme.