Rechazaron la recusación contra la jueza que precisó cuál era el delito en la causa Ruta del Dinero
Se trata de María Gabriela López Iñíguez, quien debe intervenir aún en tramos residuales del expediente. Fue ella quien sostuvo desde el principio que el origen de los fondos lavados era la evasión impositiva.
La Cámara Federal de Casación rechazó dos recusaciones contra la jueza María Gabriela López Iñíguez, quien en su voto (en disidencia) en el juicio oral por la denominada “ruta del dinero” fijó cuál había sido el origen de los fondos ilícitos que lavó la organización encabezada por el empresario Lázaro Báez.
López Iñiguez había sido recusada por los imputados, María Cristina González, por un lado, y Mariano Andrés Rubinowicz, José Sebastián Jabbaz, Alex Fallas y Jorge Ruíz, ninguno de los cuales fueron juzgados en esta primera etapa.
El máximo tribunal penal, en un fallo firmado por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, desestimó los recursos contra la jueza, quien fue designada, por sorteo, para intervenir como integrante del Tribunal Oral Federal número cuatro.
Ese tribunal fue el que dictó la primera condena en la Causa Ruta del Dinero y debe aún celebrar otro debate por los tramos residuales del expediente.
En el juicio en el que resultó condenado Lázaro Báez y otros 22 imputados, el voto de mayoría sostenía que el “delito precedente” del lavado de dinero había sido la obra pública en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015.
En disidencia, López Iñíguez sostuvo que el dinero ilegal que fue “lavado” provenía, en realidad, de la evasión impositiva, mediante un complejo esquema que había montado Báez y sus asesores financieros.
La Cámara de Casación, al rebajar las condenas de todos los imputados, coincidió con el criterio de López Iñíguez.