La Sala de Feria de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal rechazó habilitar la actividad judicial durante el receso de enero para tratar el planteo de un afiliado a una empresa de medicina prepaga contra el aumento de la cuota que debe pagar como consecuencia del DNU del gobierno de Javier Milei.

“De las constancias presentadas no se observa que el actor haya sido privado de los servicios de salud que ofrece la entidad a la que se encuentra afiliado”, dijeron los jueces, al explicar que no hay “urgencia” para tratar el caso.

El afiliado había manifestado que la empresa de medicina prepaga le envió una nota explicándole que, en virtud de la aplicación del DNU, iban a regir nuevas tarifas por los servicios prestados.

Pero el tribunal replicó que “de la misiva que le fue enviada surge que del porcentaje total de aumento previsto para el corriente mes sólo se habría de incluir en la presente facturación un 6,26%, mientras que el restante 35,60% sería incluido en la liquidación de febrero próximo”.

“Sobre esa base, se estima que los elementos de juicio reunidos en la actualidad no son suficientes para sustentar la urgencia predicada por el recurrente”, coincidieron los jueces Fernando Uriarte, Juan Peroziello Vizier y Eduardo Gottardi.

“No es posible considerar sumariamente demostrada una situación de riesgo para la continuidad de la afiliación del actor a la entidad de servicios de salud ni se advierten otras razones de inexcusable perentoriedad que impidan aguardar el fin del receso judicial”, insistieron.