El tribunal oral federal número seis rebajó las condenas del ex secretario de Seguridad del gobierno de la Alianza, Enrique Mathov, y del ex jefe de la Policía Federal Rubén Santos, por la represión que precedió a la caída de Fernando De la Rúa.

Ambos habían sido condenados en 2016 por la violenta represión del 19 y 20 de diciembre de 2001, pero tres años después la Cámara Federal de Casación, si bien ratificó sus responsabilidades, ordenó revisar el monto de las condenas.

Así, el tribunal redujo hoy la condena de Mathov de cuatro años y nueve meses de cárcel a cuatro años y tres meses, en tanto que para Santos la rebaja fue de cuatro años a tres años y medio.

La sentencia es apelable ante la Cámara Federal de Casación Penal y eventualmente ante la Corte Suprema de Justicia, por lo que no está firme y, en consecuencia, ninguno de ellos irá a prisión por ahora.

Mathov sufrió además una inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por ocho años y medio, al ser hallado penalmente responsable de homicidio culposo en perjuicio de Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón –todos manifestantes que protestaban contra el gobierno de la Alianza-, y lesiones culposas a otra veintena de personas.

Santos, por su parte, quedó inhabilitado por siete años para ejercer cargos públicos.

El ex director general de Operaciones de la Policía Federal Norberto Gaudiero fue condenado a tres años de prisión en suspenso, seis meses menos que la misma pena que se le había aplicado originalmente, lo que le permitirá -en caso de confirmación- evitar la prisión efectiva.

Víctor Manuel Belloni, también policía, fue condenado a dos años y nueve meses de prisión (tres meses menos que la condena original) pero en su caso sólo por el delito de “abuso de armas”.

La peor parte la llevó el ex subcomisario Carlos José López, condenado a cinco años y nueve meses de cárcel  como “coautor penalmente responsable de los delitos de homicidio en agresión (por la muerte de Alberto Manuel Márquez) en concurso ideal con lesiones en agresión”.

Con todo, también él obtuvo una rebaja de tres meses respecto de la sentencia de 2016.

Esas fueron las penas que Casación ordenó revisar y que ahora deberá volver a estudiar ante una apelación de los imputados, que se da por descontada en tribunales.

Los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Sabrina Namer y Néstor Costabel evaluaron que los condenados ocuparon “lugares de relevancia en los que se espera una seria reflexión antes de tomar decisiones que afecten la seguridad y la integridad física de las mismas personas que se comprometieron a cuidar a la hora de asumir sus funciones”.

“La especial formación teórica y práctica que poseen y poseían al momento de los hechos les permitía y exigía, una reflexión sobre las consecuencias de su actuar y las posibilidades de una conducta alternativa que no ponga en peligro la vida e integridad física de los ciudadanos”, añadieron.

En ese contexto, consideraron que “la conducta de los funcionarios públicos debe ser examinada con la mayor rigurosidad, no sólo debido a que del fiel cumplimiento de sus obligaciones depende la satisfacción de intereses superiores, sino por cuanto todo abuso funcional quiebra la confianza pública que merecen los actos de gobierno”.