Reabren una causa por presunto espionaje ilegal a la referente mapuche Moira Millán
Los hechos habrían ocurrido durante le gobierno de Macri. La causa había sido archivada por la jueza María Eugenia Capuchetti, pero la Cámara Federal consideró que la decisión fue "prematura".
La Cámara Federal porteña reabrió una investigación sobre presunto espionaje ilegal desde el Ministerio de Seguridad durante el gobierno de Mauricio Macri contra la activista mapuche Moira Millán.
El tribunal de apelaciones ordenó profundizar una investigación destinada a “determinar si por mandato del Ministerio de Seguridad de la Nación, las fuerzas federales de seguridad realizaron tareas de inteligencia prohibidas respecto de Millán para luego ser registradas en el seno de los sistemas de información del Estado Nacional”.
La jueza federal María Eugenia Capuchetti había archivado la causa, pero la Cámara –ante la apelación de la propia dirigente mapuche y del fiscal Franco Picardi- consideró que “los elementos colectados no alcanzan a despejar las hipótesis denunciadas” sobre el presunto espionaje ilegal.
Los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico estimaron “prematura” la decisión de archivar el expediente y ordenaron una serie de medidas de prueba.
Entre ellas, “conocer los antecedentes tenidos en cuenta para la elaboración del informe R.A.M. 2017 que llevaran a colocar a la querellante en el rol de vocera de una organización que dice no integrar e, incluso, desconocer”.
Además, instruyeron a la jueza Capuchetti para que recabe “las particularidades emergentes del habeas corpus presentado por la nombrada en dicho año ante el Juzgado Federal de Esquel; así como constatar las alegadas demoras que se habrían verificado en los aeródromos”.
La jueza deberá, además, “ahondar en torno a las amenazas y presuntos seguimientos de los que habría sido objeto la denunciante, cuyo testimonio fue oportunamente peticionado por el Fiscal interviniente”.
La Cámara no se pronunció, en cambio, sobre una recusación que Millán efectuó contra la jueza Capuchetti.
“En lo que atañe a la recusación que los apoderados de la querella propiciaran respecto de la titular del juzgado interviniente, corresponde que ello sea sustanciado en la anterior instancia conforme lo establece el régimen procesal”, resolvieron.