El ex funcionario menemista y referente del liberalismo en la Argentina Jorge Pereyra de Olazabal fue procesado por lesiones leves y amenazas coactivas en un contexto de violencia de género contra su ex pareja, a quien -según la imputación – golpeó en el rostro y en otras partes del cuerpo causándole hematomas y, además, la amenazó con matarla en medio de una crisis de celos.

Pereyra de Olazabal había sido sobreseído en primera instancia por el juez penal Pablo Ormaechea, pero la Sala Sexta de la Cámara del Crimen revocó esa decisión, lo procesó y dispuso que se evalúe la posibilidad de ordenar también su prisión preventiva.

El tribunal consideró que los hechos deben ser “valorados atendiendo el compromiso que el Estado asumió de prevenir, investigar, sancionar y erradicar de manera efectiva los conflictos que se susciten en temáticas en que las mujeres y niñas estén involucradas, al ratificar la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer -Convención de Belem Do Pará-”.

Además, la Justicia dispuso una “prohibición de acercamiento” del ex funcionario y dirigente empresario respecto de su ex pareja por el término de dos años.

Pereyra de Olazabal está acusado de “haber coaccionado y agredido físicamente a (su pareja, la identidad permanecerá en reserva) en el interior del inmueble” que compartían en el barrio porteño de la Recoleta. La relación entre ambos finalizó el 22 de noviembre del año pasado, después de cinco años y como consecuencia de los actos de violencia que padeció la mujer.

“Un día del mes de octubre de este año, que no puede precisar, se encontraban juntos en el interior de su vivienda y en un momento
dado, su pareja se enojó porque ella había abierto una botella de vino que el causante había comprado, en su ausencia y sin autorización. Dicha circunstancia lo violentó y por ello le habría propinado golpes de puño en el rostro que le generaron lesiones en la frente, debajo de ambos ojos y en el brazo izquierdo, al tiempo que la insultaba”, resume el fallo.

El 22 de noviembre, Pereyra de Olazabal “ingresó a su departamento y al no encontrarla allí se enojó. Al llegar discutieron por cuestiones económicas, hasta que en un momento dado él le habría esbozado en forma agresiva y gritando que no le iba a pasar más dinero. En esa oportunidad también le habría proferido frases amenazantes, con el fin de que no estuviera con otro hombre. ‘Me amenazó que me iba a hacer echar o que me iba a mandar a alguien para que me hiciera algo, que si alguien estaba conmigo me iba a matar. Y que si sabía que alguien estaba conmigo me mataba”.

El fallo explica que “al ser examinada por un médico de la Oficina de Violencia Doméstica se determinó que la mujer presentaba un hematoma en el tercio proximal del brazo izquierdo producido por choque o golpe contra elemento duro, con una data estimable de cuatro a siete días de producción y con un plazo de curación inferior al mes. Por otra parte, el informe interdisciplinario de valoración de riesgo concluyó que, la situación que atraviesa encuadra en un supuesto de violencia de género en el vínculo de pareja que fue valorado como de riesgo medio”.

Los jueces Magdalena Laíño, Marcelo Lucini y Ricardo Pinto ordenaron además la realización de un peritaje psicológico y psiquiátrico respecto Pereyra de Olazábal “para evaluar los rasgos de su perfil”, tal como lo propuso la fiscal Silvana Russi.

Por mayoría, el fallo dispuso, además, que si bien ni la víctima, ni la fiscalía, pidieron la prisión preventiva, deberá ser el juez de primera instancia el que, en definitiva, evalúe si esa medida es o no necesaria.