Prescribió una causa por injurias de un ex jefe policial contra un periodista que lo llamó “narco”
El ex titular de la Policía Federal Néstor Roncaglia había formulado la querella por un tuit publicado en 2018.
La Cámara Federal de Casación ratificó el cierre por prescripción de una querella del ex jefe de la Policía Federal Néstor Roncaglia contra el periodista Christian Sanz, quien lo calificó como “narco comisario” en un tuit que publicó en febrero de 2018.
El posteo, publicado en la red social Twitter el 21 de noviembre de 2018, expresaba: “¿En serio eligieron al narco comisario Néstor Roncaglia como vicepresidente por las Américas de Interpol?”.
Roncaglia inició una causa por el presunto delito de “injurias”, pero en agosto del año pasado la jueza María Eugenia Capuchetti declaró la extinción de la acción penal por prescripción por el paso del tiempo.
La medida fue apelada por la representación legal de Roncaglia, a cargo del abogado Fernando Soto, también defensor del policía Luis Chocobar y asesor de la precandidata presidencial Patricia Bullrich.
Sin embargo los jueces de la Casación Juan Carlos Gemignani y Daniel Petrone desestimaron el recurso y ratificaron el cierre dela causa.
“Habiendo transcurrido más de dos años a contar desde el último acto interruptivo de la prescripción (la citación a juicio, de fecha 03/10/2019), sin que se haya dictado sentencia condenatoria, correctamente se resolvió que la acción penal se encuentra extinguida por haber operado la prescripción”, sostiene el fallo.
El delito de “injurias” contempla pena de multa, por lo cual el plazo de prescripción es de dos años a menos que se produzcan “actos interruptivos” que extiendan esos términos.
La defensa de Sanz, a cargo del penalista Alejandro Sánchez Kalbermatten, también apeló la imposición de las “costas” de su parte en el proceso por cuanto consideró que no correspondían atento al resultado del juicio.
El tribunal advirtió que “el sobreseimiento dictado en la causa se sustentó en el mero transcurso del tiempo y no en que el hecho investigado no se cometió, resultaba atípico o no fue cometido por el imputado ni en que medió una causa de justificación, inimputabilidad, inculpabilidad o excusa absolutoria”.