Polémica por los ingresos a Olivos: ¿Cómo es el proceso de juicio político en el Congreso?
La oposición impulsa el juicio político contra el presidente Alberto Fernández por el festejo en Olivos, aunque no cuenta con las mayorías necesarias para avanzar.
Una decena de diputados de Juntos por el Cambio presentó hoy un pedido de juicio político contra el presidente Alberto Fernández "por mal desempeño y por la eventual comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en el ejercicio de sus funciones", a raíz de la foto del festejo del cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yañez, el 14 de julio de 2020.
El pedido lleva las firmas de Fernando Iglesias, Waldo Wolff, Jorge Enríquez, Luis Petri, Gabriela Lena, Gonzalo del Cerro, David Schelerth, Pablo Torello, Francisco Sánchez, Adriana Caceres, José Luis Patiño y Héctor Stefani.
Mientras tanto, las autoridades del interbloque opositor analizan la posibilidad de presentar otro, tras estudiar si lo sucedido es causal del inicio del juicio político contra el jefe de Estado, en medio de una fuerte polémica.
El pedido que ya ingresó a la Cámara baja es "por las causales de mal desempeño en la gestión de la pandemia que ahora se suma a la comisión de un delito común, pero de extrema sensibilidad para todos los argentinos, de violación de las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la propagación de una epidemia según lo establecido en el artículo 205 del Código Penal".
El proceso se basa en la Ley Orgánica sobre Juicio Político, que rige este procedimiento a partir de lo que plantea la Constitución nacional en tres de sus artículos: 53, 59 y 60.
Acusación ante el Senado
La Cámara de Diputados ejerce el derecho de acusar ante el Senado al presidente, vicepresidente, al jefe de Gabinete de Ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema.
En caso de "causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones, o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes”.
El proceso incluye que el presidente de la Cámara baja remita la denuncia a la Comisión de Juicio Político, y su titular deberá citar al denunciante o ratificarla.
Luego, la Comisión de Juicio Político deberá analizar la denuncia y pronunciarse: puede decidir avanzar o descartarla, aunque también tiene entre sus atribuciones requerir informes, documentos o expedientes a las autoridades; tomar declaraciones a testigos o peritos, quienes lo harán ante el presidente de la comisión, pudiendo concurrir los diputados que lo estimen conveniente.
A continuación, corresponde el tratamiento en el recinto y allí el pedido de juicio político debe contar con el aval de las dos terceras partes de los miembros presentes.
Ese número no es alcanzado por la oposición, por lo que el pedido contra el jefe de Estado no tiene posibilidad de salir en esta oportunidad.
En un proceso en el que se avance, se convoca al titular de la Corte Suprema a fin de presidir el tribunal y luego comienza un proceso integrado por las dos Cámaras.
La Cámara de Diputados presenta la acusación ante la Comisión de Juicio Político del Senado, que dará traslado de la misma al acusado por el término de 10 días, quien deberá contestar el traslado dentro del término establecido.
La apertura de prueba se realiza en el marco de una sesión secreta del Senado, realizada a fin de determinar si corresponde la misma.
La prueba ofrecida por las partes solo podrá desestimarse por el voto de las dos terceras partes de los senadores presentes.
El juicio político se decide en audiencia oral y pública, que se celebrará en la fecha que fije el tribunal, una vez se haya producido la prueba.