Perpetua para "Tigre" Acosta y "Gato" González por violaciones a detenidas ilegalmente en la ESMA
El tribunal oral número cinco los condenó a 24 y 20 años de cárcel, pero unificó la pena con condenas anteriores en "prisión perpetua".
El tribunal oral federal número cinco condenó este viernes 24 años de prisión perpetua al represor Jorge “El Tigre” Acosta por delitos sexuales cometidos contra detenidas desaparecidas de la última dictadura.
El tribunal consideró que se trató de crímenes de lesa humanidad, por lo tanto imprescriptibles, y resolvió sumar la condena a las anteriores que pesan sobre Acosta para unificar la pena en prisión perpetua.
Los jueces Adriana Palliotti, Daniel Obligado y Federico Grunberg dictaron el veredicto en un desprendimiento de la Causa ESMA, el juzgamiento de las violaciones a los derechos humanos ocurridos en la Escuela de Mecánica de la Armada entre 1976 y 1983.
Junto con Acosta también fue condenado, en su caso a 20 años de cárcel, Alberto “Gato” González.
Ambos fueron considerados responsables de delitos de naturaleza sexual contra tres detenidas ilegalmente, Silvia Labayrú, Mabel Zanta y María Rosa Paredes, quienes permanecían alojadas en la ESMA entre 1977 y 1978.
En el caso de González, la condena también fue unificada con otras anteriores a la pena de prisión perpetua.
La causa por los delitos sexuales estuvo a cargo del ex juez federal Sergio Torres, hoy integrante de la Suprema Corte bonaerense.
El tribunal rechazó los planteos de “extinción de la acción penal por prescripción” y la nulidad de la declaración de Labayrú, una de las víctimas, que había peticionado el defensor de los represores, Guillermo Fanego.
Los jueces dispusieron las condenas por el delito de “violación agravada por haber sido cometida con el concurso de dos o más personas, reiterada en -al menos- diez oportunidades”.
En el caso de Acosta, se le sumó además el delito de “abuso deshonesto, reiterado en dos ocasiones”.
Los fundamentos del veredicto se darán a conocer el próximo 12 de octubre.
El tribunal resolvió también absolver a Acosta “por el beneficio de la duda, en orden a dos hechos de los hechos de violación agravada por los que fuera acusado”.
La investigación sobre los delitos sexuales se inició como consecuencia de la sentencia dictada en la denominada causa ESMA II.
González fue acusado de “obligar a la víctima a mantener relaciones sexuales, mientras que Acosta, como su jefe, generó las condiciones para que ello sucediera y posteriormente convalidó ese accionar”, según la imputación fiscal.
Según relató una de las víctimas, previo a una de las violaciones Acosta “le planteó que la mejor manera de demostrarles que no los odiaba, era manteniendo una relación física con alguno de ellos, debiendo entender esa situación como parte de un proceso de recuperación y del camino correcto, si quería algún día salir en libertad, poder ver a su familia y reencontrarse con su marido y su bebé”.
Otra de las víctimas “refirió diferentes episodios de manoseos” y una violación en un baño mientras era “apuntaba con un arma en la cabeza”.
La tercera víctima describió que fue “accedida carnalmente, en reiteradas oportunidades, mediante la utilización de fuerza e intimidación, y aprovechando la situación de inferioridad en la que se encontraba, que no le permitía resistirse a la consumación del acto sexual”.