La Corte Suprema volverá a revisar las condenas por el 19 y 20 de diciembre de 2001
Casación hizo lugar a la apelación de las defensas del ex secretario de Seguridad Enrique Mathov, y el ex jefe de la Policía Federal Rubén Santos, entre otros.
La Cámara Federal de Casación habilitó a una nueva revisión de las condenas de los ex funcionarios del gobierno de la Alianza por la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001, que precedió a la caída del difunto ex presidente Fernando De la Rúa.
El máximo tribunal, en fallo dividido, hizo lugar al “recurso extraordinario federal” presentado por las defensas del ex Secretario de Seguridad Enrique Mathov, del ex jefe de la Policía Federal Rubén Santos y de los ex integrantes de esa fuerza de seguridad Norberto Gaudiero, Carlos José López y Víctor Manuel Belloni.
Todos están condenados por el delito de “homicidio culposo en perjuicio de Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón” y heridas a una veintena de manifestantes de aquellos días que desembocaron en la crisis de fines de 2001 y principios de 2002.
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La decisión de la Casación implica que el expediente irá ahora en revisión a la Corte Suprema de Justicia, lo que –en los hechos- significa una nueva demora en el cumplimiento de la sentencia, que indica penas de prisión de cumplimiento efectivo para quienes, según la Justicia, fueron los principales responsables de la represión indiscriminada.
Mathov está condenado a cuatro años y tres meses de cárcel; Santos, a tres años y medio; el ex director general de Operaciones de la Policía Federal Norberto Gaudiero, a tres años; Belloni, a dos años y nueve meses y el ex subcomisario Carlos José López recibió la pena más alta, cinco años y nueve meses.
Los jueces de la Casación Diego Barroetaveña y Ángela Ledesma concedieron la apelación por “los agravios invocados por los recurrentes vinculados con la arbitrariedad de la sentencia, la posible afectación del derecho a ser juzgado en un plazo razonable, a obtener un pronunciamiento judicial sin dilaciones indebidas y garantías derivadas del debido proceso”.
“Configuran cuestiones federales suficientes para habilitar la vía extraordinaria que se pretende. La cuestión federal también ha quedado planteada con relación al principio de congruencia, defensa en juicio, inocencia y al derecho a contar con un recurso eficaz que permita la revisión integral del fallo”, añadieron.
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La causa lleva ya 21 años de trámite: tardó 15 años en llegar a juicio y en 2016, cuando el Tribunal Oral Federal emitió su primer veredicto, el expediente entró en una espiral de apelaciones que insumió otros cinco años.
En diciembre del año pasado, la Cámara de Casación confirmó las condenas, pero ahora habilitó la instancia de la Corte Suprema, por lo cual el fallo todavía no está firme.
El juez Daniel Petrone, en minoría, se inclinó por rechazar el recurso ante la Corte.
Ninguna de las causas judiciales iniciadas como consecuencia de la represión del 19 y 20 de diciembre tiene sentencia con fuerza de “cosa juzgada”.
Menos aún: el expediente por la agresión de las fuerzas de seguridad a las Madres de Plaza de Mayo frente a la Casa Rosada está elevado a juicio oral desde hace más de un año pero todavía ni siquiera tiene fecha de debate fijada.