Ordenan revisar el pedido de salidas transitorias de un condenado a perpetua por lesa humanidad
Se trata de Jorge Rádice, quien cumple prisión por crímenes cometidos en la ESMA.
La Cámara Federal de Casación anuló un fallo que le había denegado las salidas transitorias al represor Jorge Rádice, condenado a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención que funcionó en la ESMA durante la última dictadura.
El fallo garantiza el “debido proceso” para Rádice, ya que no fue escuchado en la etapa de apelación ante el tribunal oral que le denegó las salidas y tampoco fueron consultadas sus víctimas, que tienen derecho a expresarse sobre esas cuestiones.
Radice, de 73 años de edad, está detenido en la cárcel de Ezeiza y el fallo que le había denegado las salidas transitorias ordenaba “la elaboración de nuevos informes a fin de actualizar la situación del condenado con relación al régimen progresividad” del cumplimiento de la pena.
Pero ahora, el máximo tribunal penal resolvió “anular la decisión impugnada y reenviar las actuaciones para que -con la celeridad y resguardos que el caso impone- se dicte un nuevo pronunciamiento en respeto a los lineamientos expuestos”.
La jueza Ángela Ledesma sostuvo que “luego de contestar la vista el representante del Ministerio Público Fiscal, no se brindó el debido traslado a la defensa de esa pieza, a pesar de que esa parte lo venía solicitando”.
“Esto implicó una vulneración al derecho de defensa en juicio y el contradictorio. La defensa del condenado no tuvo real oportunidad de refutar los argumentos esgrimidos por su contraparte y fue escuchada recién en el recurso de casación, esto es, con posterioridad a la decisión adoptada por el juez con función de ejecución”, explicó.
Por su parte, el juez Alejandro Slokar subrayó “la omisión del tribunal respecto de informar y escuchar a las víctimas de este proceso”, lo que “cercena sus derechos en el presente incidente”.
El fallo fue firmado también por el juez Guillermo Yacobucci.
La Casación ordenó que “se dicte un nuevo pronunciamiento en respeto a los lineamientos aquí expuestos, sin que ello implique adelantar pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión debatida”.