La Justicia de la Capital Federal confirmó un fallo que le ordena al Gobierno porteño garantizar el acceso a la educación primaria y secundaria en la Ciudad, informar cuáles son las 54 escuelas que dice haber construido y publicar en su página web “toda la información relativa a la cantidad de vacantes disponibles por Distrito Escolar actualizada en tiempo real”.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal porteña ratificó parcialmente un fallo dictado por la jueza Elena Liberatori en una acción de amparo iniciada en 2016,  durante una crisis por la supuesta falta de vacantes en los colegios públicos capitalinos.

El fallo de Cámara, firmado por los jueces Horacio Corti, Gabriela Seijas y Hugo Zuleta,  dispuso que la administración porteña debe garantizar el acceso a la educación distritos escolares que corresponden a los barrios de Retiro, Recoleta, Palermo, Balvanera, San Nicolás, Puerto Madero, Barracas, Parque Patricios, Constitución, Nueva Pompeya, Villa Luro, Vélez Sarsfield, Parque Avellaneda, Lugano, Mataderos, Liniers, Villa Soldati, Flores, Parque Chacabuco, Nueva Pompeya, Villa Lugano, Mataderos, Liniers, Lugano, Villa Riachuelo y Villa Soldati.

La acción judicial fue iniciada por los dirigentes opositores, familias del colectivo de Vacantes Para Todxs y del área de la educación Patricio del Corro, Alicia Navarro Palacios, Federico Raúl Puy, Bárbara Antonella Pastore y Lelia Wainrib, a quienes se sumó luego la candidata a diputada Miriam Bregman.

El fallo dispone que la administración porteña deberá “informar cuáles son las 54 escuelas nuevas construidas, detallando si se trata de obra nueva, de mantenimiento, de ampliación, de mudanza, fecha de inicio y finalización, tipo de nivel del centro educativo, cantidad de vacantes que ofrece, domicilio y distrito escolar al que pertenece”.

Además, deberá “publicar en su página web toda la información relativa a la cantidad de vacantes disponibles por Distrito Escolar actualizada en tiempo real”.

La Cámara dispuso enviar la sentencia a la Legislatura porteña para que "destine los recursos presupuestales necesarios para que el GCBA cumpla con la obligación constitucional de asegurar la Educación pública”."

La causa fue impulsada por los abogados del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CEPRODH) Eric Soñis y la propia Bregman.

El fallo de Cámara, con todo, revocó dos decisiones de la jueza de primera instancia Liberatori, que obligaba al gobierno porteño a que “instrumente una ayuda económica a los tutores o responsables que deben acompañar a los niños a establecimientos educativos ubicados a más de diez cuadras de sus viviendas, garantizando que se cubra el costo de 80 viajes de colectivo/subte como mínimo” y a que “efectúe las acciones necesarias a fin de que los recorridos y frecuencias del servicio público de transporte incluyan y cubran las necesidades de traslado de los barrios vulnerados de la Ciudad”.