El juez federal de San Isidro Lino Mirabelli rechazó una recusación en su contra presentada por la Asociación Civil Acción Republicana para la Justicia porque la rechazó como querellante en la causa por las visitas a la Quinta de Olivos durante la etapa más estricta del aislamiento por la pandemia.

Acción Republicana por la Justicia recusó a Mirabelli “argumentando que se han probado causales de parcialidad y prejuzgamiento” en la decisión que desestimó el pedido de ser tomada como querellante.

El titular de la asociación, Fernando Irazu, sostuvo que el juez “desconoció su carácter de víctima de los hechos denunciados y ello implicaría adelanto de opinión sobre otro planteo, lo cual constituiría prejuzgamiento de una cuestión de fondo que le generaría temor de parcialidad”.

El denunciante invocó que “de acuerdo a la regla de base si no hay víctima no hay delito”, es decir que el juez habría considerado –según su parecer- que en la causa no se violó ningún artículo del Código Penal.

El juez Mirabelli descartó que existiera tal cosa.

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“Ninguna de las actuaciones efectuadas por el suscripto en el expediente conforma un prejuzgamiento sobre la cuestión de fondo que permita vislumbrar la existencia de alguno de los citados supuestos, en el sentido invocado por el recusante”, sostuvo.

Mirabelli había evaluado que “el pretenso querellante no reviste la calidad de persona particularmente ofendida por la hipotética comisión de los eventos que denuncia, no sólo por la propia naturaleza de los bienes jurídicos que los envuelven –esto es, la salud y la administración pública–, sino además porque en el caso, no se advierte un perjuicio directo y real que lo involucre”.

Rechazo hallarme inmerso en alguno de los supuestos de recusación invocados por el presentante”, concluyó, y envió las actuaciones para su revisión a la Cámara Federal de San Martín, que también debe resolver una apelación de Acción Republicana para la Justicia contra el fallo que no la tuvo como querellante en el expediente.