Mientras transcurría el paro y movilización, el Poder Judicial discutía quién intervendría ante disturbios
La situación se zanjó (y no de manera definitiva) hoy, un día después de la protesta contra el Gobierno.
Mientras la CGT realizaba el paro y movilización contra las políticas del gobierno de Javier Milei, el Poder Judicial discutía sobre qué juez debía intervenir ante un planteo de la central obrera para prevenir restricciones a la protesta por parte de fuerzas de seguridad federales.
El conflicto de competencia entre los fueros penal nacional y contencioso administrativo federal, se terminó de resolver (y aún no de manera definitiva) hoy, al día siguiente de la movilización.
La CGT había planteado una “medida autosatisfactiva” en procura de “ordenar a las fuerzas de seguridad nacionales, en la persona de la Sra. ministra de Seguridad de la Nación, que garanticen los derechos de libertad de reunión, manifestación, protesta y libre asociación de todos los habitantes y personas que residan o quieran ingresar a la Ciudad de Buenos Aires”.
Ello, “ante un posible uso de la fuerza arbitrario o impropio de las fuerzas que dependen del Poder Ejecutivo en ocasión de la realización de la movilización convocada para el día 24/1/2024”, sostenía el escrito.
El juez de feria en lo Contencioso Enrique Lavié Pico se declaró incompetente atento a que la acción apuntaba a eventuales delitos penales y envió la causa al fuero penal nacional con sede en la Capital Federal.
Pero allí, el juez de instrucción Gabriel Ghirlanda consideró que como la demanda apuntaba contra el Estado Nacional debía tramitar ante el fuero de origen y devolvió el expediente.
Finalmente hoy, la Sala de Feria de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, en un fallo firmado por los jueces Carlos Grecco y Sergio Fernández, resolvió que la causa debió haber tramitado ante el fuero penal.
“El asunto de autos presenta claramente naturaleza penal, en tanto se vincula esencialmente con la actuación que le compete a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales”, sostuvo el tribunal.
“El conocimiento de la causa corresponde a la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, que resulta competente para entender en autos”, resumieron.
Esa decisión no es definitiva, por cuanto el juez en lo penal podría insistir en su incompetencia y entonces debería intervenir la Corte Suprema para dirimir una cuestión superada en el tiempo.
Por otra parte, durante el paro y la movilización no existió un pronunciamiento judicial sobre eventuales facultades y límites de las fuerzas de seguridad federales en el ámbito en el que se desarrolló la protesta.