La protesta contra medidas por el coronavirus en el Colegio Público de Abogados no es delito
Referentes de una agrupación opositora a la actual conducción reclamaban por las actividades semipresenciales en el marco de la pandemia.
La Cámara Federal de Casación cerró definitivamente una denuncia del Colegio Público de Abogados contra un grupo de asociados que, en plenas restricciones por la pandemia, realizaron una movilización a la sede central de la entidad para pedir que restableciera sus actividades normales.
Los jueces Alejandro Slokar, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci declararon “inadmisible” la última apelación porque consideraron que no hubo delito. Coincidieron, en ese sentido, con el fiscal general, Javier de Luca, quien se había inclinado por la misma solución.
El Colegio Público denunció que el 1 de junio de 2020 un grupo de personas, encabezadas por el abogado Juan Pablo Godoy Vélez –quien integra una agrupación opositora a la actual conducción de la institución- se manifestaron frente a la sede situada en Avenida Corrientes 1441 “a fines de reclamar porque pudieran retomar sus actividades laborales”.
Según la denuncia, “golpearon con objetos contundentes las persianas metálicas que permanecían cerradas, provocando daños” y, además, violaron las medidas dispuestas para evitar el contagio de coronavirus. Pero el juez federal Julián Ercolini rechazó el planteo por “inexistencia de delito”, ya que consideró que sólo se había tratado “de una protesta mediante aplausos, expresiones orales y, además, dos personas que tocan con la palma de la mano la persiana metálica”.
Las imágenes recabadas en la investigación “no dan cuenta ni de violencia ni de uso de objetos contundentes”. Además, sostuvo el fallo, sobre la violación a las medidas de seguridad contra la pandemia “no hay, en un supuesto como éste, ningún hecho que exceda del reclamo en sí”, coincidieron los camaristas Martín Irurzun y Mariano Llorens, al confirmar el cierre de la causa. El Colegio Público insistió ante la Cámara de Casación, que también determinó que no se cometieron delitos y cerró el expediente.