La Procuración del Tesoro le pidió a la Cámara en lo Comercial que ratifique la quiebra de Correo Argentino S.A., propiedad del grupo empresario del ex presidente Mauricio Macri, y avance con el proceso de liquidación de sus activos para pagar sus deudas.

Mediante un escrito firmado por el procurador general, Carlos Zanini, y su segundo, Horacio Diez, el organismo que representa al Estado solicitó que se declare “mal concedido el recurso de apelación” contra la quiebra interpuesto por la empresa que tuvo en los 90 la concesión del servicio del correo.

Esa apelación –según la Procuración- fue presentada “sin representación vigente de la fallida, además de resultar inapelable el decreto de quiebra”.

La Procuración le restó representatividad al presidente de Correo Argentino S.A., Jaime Cibils Robirosa, quien “no se encuentra investido de la personería legal suficiente para representar a la fallida”.

De acuerdo con el escrito, de medio centenar de páginas, Cibils Robirosa no puede representar a Correo Argentino S.A. “por encontrarse preventivamente desplazado de su cargo, a consecuencia de la intervención decretada en fecha 2 de marzo de 2020, confirmada por la Sala B de la Cámara en lo Comercial el 9 de junio de 2021”.

Pero además, el planteo indica que la declaración de quiebra de una empresa no es apelable, de modo tal que debería ser confirmada sin más.

Para el caso de que el tribunal discrepe con ese criterio, el escrito reclama “subsidiariamente” que “se rechace en todos sus términos el recurso presentado por Correo Argentino S.A., ratificando la decisión de grado”, es decir la quiebra.

Por otra parte, la Procuración también pidió el rechazo al planteo para que el Tribunal Superior de Justicia porteño intervenga como instancia de revisión del proceso de quiebra, tal como lo pide la empresa de los Macri.

“No existe base constitucional ni legal para atribuir al Tribunal Superior de Justicia de la CABA la potestad para revisar una sentencia dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones”, fundamentó el escrito.

“Admitir por vía pretoriana la apertura de una vía recursiva ante un tribunal local contra decisiones emanadas de jueces que integran la justicia nacional implica modificar la estructura del Poder Judicial Nacional”, resumió la presentación.