La Legislatura porteña aprobó hoy por amplia mayoría el proyecto de ley que implementa la obligatoriedad de los juicios por jurados en la Ciudad de Buenos Aires para juzgar delitos que tengan una “pena máxima en abstracto igual o superior a 20 años de pena privativa de libertad"”, como aquellos que atentan contra la vida o la integridad sexual.

La iniciativa recibió 55 votos a favor, 4 en contra y ninguna abstención, y si bien fue presentada originalmente por el radical Leandro Halperín fue fruto del acuerdo de los tres principales bloques políticos: Vamos Juntos, UCR-Evolución y Frente de Todos.

Los jurados populares estarán integrados por 12 miembros elegidos por sorteo, de los cuales habrá un mínimo de cinco mujeres y cinco hombres, en tanto que los dos restantes podrán pertenecer a cualquiera de los géneros.

Padrón 

El padrón de jurados será confeccionado por el Consejo de la Magistratura y abarcará a todos los argentinos de entre 18 y 75 años que sepan leer y escribir, que gocen del pleno ejercicio de los derechos políticos y que tengan domicilio no inferior a cuatro años en la Capital Federal.

Quedarán excluidos el presidente y vicepresidente de la Nación, los gobernadores provinciales y el jefe de Gobierno porteño, los ministros nacionales, provinciales y de la Ciudad, los integrantes de los poderes legislativos, los jueces y funcionarios de los poderes judiciales y quienes ocupen cargos directivos en un partido político reconocido.

Cada jurado, luego de analizar los casos, determinarán si la persona imputada es "culpable", "no culpable" o "no culpable por razones de inimputabilidad".

El veredicto deberá ser por unanimidad, caso contrario se iniciará un nuevo juicio con nuevos integrantes en el jurado.