La Corte Suprema rechazó un pedido de excusación contra su presidente, Carlos Rosenkrantz, formulado por la modelo Valeria Mazza en una millonaria demanda contra el motor de búsqueda Google por la inclusión de su nombre en páginas de oferta de sexo.

“El pedido formulado por la actora para que se excuse el señor Presidente de la Corte Suprema resulta inadmisible porque la facultad de excusación de los jueces de esta Corte, mediando causa legal de recusación o no, es ajena a la actividad procesal de las partes”, firmaron los pares de Rosenkrantz en su respaldo.

“Sigan los autos según su estado”, resolvió el máximo tribunal, lo que en los hechos significa que la causa –que ya está para dictar sentencia- continuará con la intervención de Rosenkrantz.

Valeria Massa demandó a Google porque “al incluir su nombre en el campo de búsqueda se mostraban como resultados sitios de Internet con contenido sexual, pornográfico y actividades vinculadas al tráfico de sexo, todo lo cual resulta incompatible con los sentimientos espirituales, el pensamiento y su línea de conducta”.

Además, “expresó que los resultados de la búsqueda suponían un uso no autorizado de su imagen, porque aparecían fotografías con su nombre asociadas a las referidas páginas web de pornografía y de oferta de sexo”.

La causa llegó a la Corte después de un largo recorrido judicial y en esa instancia Mazza pidió la excusación de Rosenkrantz por “temor de parcialidad”.

Rosenkrantz es socio fundador de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), que se presentó como “amicus curiae” en una causa similar que marcó un sendero en este tipo de demandas.

En esa instancia, la ADC reconoció que recibía aportes de Google para su sostenimiento y formación profesional, según explicaron los abogados de la modelo.

La abogada que firmó aquellas presentaciones, Eleonora Ravinovich, hoy es gerente de Google.

En primera instancia la demanda había sido rechazada, pero la Cámara Civil resolvió revertir esa sentencia y condenar a Google a pagarle 300 mil pesos “en concepto de daño material producido en orden a la publicación indebida de la imagen”; 500 mil por “daño moral por incumplimiento acabado de las medidas cautelares dictadas y publicación indebida de la imagen” y 150 mil por “daño material por publicación indebida de la imagen”.

A esos montos deberán adicionarse otros 300 mil pesos por “por daño moral por tales publicaciones”.

A esa cifra total de 1.250.000 pesos se le deberán sumar intereses a tasa activa a contar desde el inicio de la demanda, en el año 2007, lo que podría llegar a triplicar la cuantía de la condena.

Aquel fallo, que ahora está bajo revisión de la Corte, consideró que los gigantes de internet “juegan en el mercado y en el mundo a hacer lo mismo: ganar dinero con datos personales, con imágenes y con una máquina dirigida a optimizar ganancias”.

“Desde siempre alegaron estos buscadores que no tienen el control de lo que indexan. ¡Vamos, otra vez! A los efectos de la responsabilidad por daños se quejan de que no tienen el control del Frankenstein que criaron”, embistieron los camaristas Gabriela Iturbide, Marcela Pérez Pardo y Víctor Liberman.

“El mundo está a merced de algoritmos, de inteligencia artificial, fuera de control. ¡Vamos, por tercera vez! Ah! Eso sí, los robots, los algoritmos, alegan ya bien entrado el siglo XXI con el hipócrita argumento de la libertad de expresión y el derecho a informar”, insistieron los jueces.