La Corte Suprema ratificó un fallo que le concedió al artista Víctor Laplace la condición de exiliado desde fines de 1975 hasta principios de 1982, lo que lo hace acreedor a un suculento resarcimiento económico previsto por una ley sancionada en 1991.

La Corte, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, rechazó una apelación del Estado Nacional contra el fallo que le ordenó “que otorgue el beneficio solicitado por la accionante, por el período comprendido entre el 15 de agosto de 1975 y el 5 de febrero de 1982”.

“Obran agregados a la causa elementos suficientes que permiten concluir la existencia de una situación de riesgo para el actor, lo cual permite dar sustento a una decisión favorable a su pretensión”, sostiene el fallo que ahora ratificó la Corte.

En octubre de 2019, sobre el final del gobierno de Cambiemos, el Ministerio de Justicia había rechazado el pedido de Laplace: "no se advierte en autos la existencia de una restricción a la libertad del causante, ni razones suficientes que permitan inferir analogía sustancial con el precedente Yofre de Vaca Narvaja".

Ese fallo había ampliado los límites de la ley dictada durante el menemismo que reconocía un resarcimiento económico a las víctimas de la dictadura.

"No surgen elementos (detención previa acreditada, orden de captura, algún hecho de persecución directa) que permitan inferir, sin lugar a dudas, un temor fundado en razones de persecución política, padecida en forma directa y personal por el peticionante, en el sentido de que se hubiese visto compelido a extrañarse como única alternativa razonable para salvaguardar su vida, su integridad física o su libertad", había sostenido el Ministerio de Justicia para rechazar el pedido.

Además, argumentó que Laplace “tramitó pasaportes con fecha 14 de mayo de 1975, 18 de diciembre de 1975, 24 de mayo de 1977, 24 de noviembre de 1978 y 21 de enero de 1983, ante las fuerzas de seguridad en territorio argentino, con los cuales salió e ingresó al país en múltiples oportunidades antes de la vuelta de la democracia en el año 1983”.

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Pero la Cámara en lo Contencioso Administrativo corrigió esa negativa y consideró que “el denominado temor fundado se compone de razones objetivas que determinan la imposibilidad de permanecer en el país y de las cuales existen agregadas en autos sobradas pruebas que demuestran la persecución, seguimiento y control de las actividades que desarrollaba el actor y que motivaron su inclusión en diversas listas y nóminas”.

Laplace explicó que decidió emigrar a México tras ser amenazado por la banda armada de ultraderecha Triple A en 1975, cuando integraba el “Grupo Octubre”, fundado por Norman Briski, y se hallaba filmando la película "La Guerra del Cerdo”.

“El hecho de que no haya podido probar mediante una prueba ‘física’ la existencia de una amenaza escrita dirigida a su persona por parte de la Triple A no puede llevar a desconocer los múltiples elementos de prueba que evidencian el control, vigilancia y persecución que el señor Víctor Andrés Laplace padecía en tiempos inmediatamente previos a tomar la decisión de radicarse en México”, sostiene el fallo.

“Era activamente vigilado, en diversas jurisdicciones, y sus presentaciones eran examinadas y calificadas por las fuerzas de seguridad e inteligencia, reportándose con notable frecuencia los detalles de sus presentaciones.  Abona lo expuesto, su inclusión en diversas ‘Listas Negras’ junto a otros artistas”, sostuvieron los jueces Guillermo Treacy, Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Alemany, de la Cámara en lo Contencioso Administrativo.

“El hecho de que el actor no hubiera solicitado oportunamente dicho reconocimiento, tampoco impide que en la presente causa se le reconozca esa condición”, añadieron.

El tribunal valoró como prueba la declaración como testigo de Lidia Papaleo –viuda de Juan Graiver y también ella víctima de la dictadura- y un acta del 24 de marzo de 1980 "en la cual el secretario de Inteligencia de Estado y el jefe de la Central Nacional de Inteligencia resolvieron considerar que el señor Laplace registra antecedentes ideológicos marxistas que hacen aconsejable su no ingreso y/o permanencia en la administración pública, no se le proporcione colaboración, sea auspiciado por el Estado, etc".

Laplace describió la decisión de marcharse del país: “ Como en ese entonces su único hijo, Damián, nacido de su relación con Renata Shussheim, era muy pequeño, y estaba en pareja con Nélida Lobato, todas figuras públicas y muy expuestas, decidió abandonar el país de forma inmediata como modo de proteger su vida y la de sus seres queridos”.