La Corte desvinculó al fiscal Stornelli de dos expedientes por el falso abogado Marcelo D’Alessio
Uno de ellos es la denuncia del productor agropecuario Pedro Etchebest, que dio origen a la causa.
La Corte Suprema desvinculó definitivamente al fiscal Carlos Stornelli de dos expedientes en los que fue investigado por las acciones ilegales del falso abogado Marcelo D’Alessio.
La causa principal es la denuncia del empresario agropecuario Pedro Etchebest a principios de 2019, en la que Stornelli estuvo imputado por sus contactos con D’Alessio,
El falso abogado incluso llevó a Etchebest a Pinamar para una supuesta reunión con el fiscal para “acordar” los términos por los que sería favorecido en una derivación de la Causa Cuadernos.
La Corte no se pronunció sobre el fondo del asunto sino que rechazó por cuestiones formales un recurso de la Unidad de Información Financiera (UIF) durante el gobierno de Alberto Fernández contra un fallo de la Cámara Federal que volteó la acusación contra Stornelli.
“La parte recurrente no ha dado cumplimiento al recaudo establecido en el artículo 7°, inciso c, del reglamento aprobado mediante la acordada 4/2007, por lo que corresponde desestimar la presente queja”, sostuvieron los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
Carlos Rosenkrantz se excusó de intervenir en el expediente.
El artículo 7°, inciso C del reglamento de la Corte establece que “el escrito de interposición de la queja deberá estar acompañado por copias simples, claramente legibles, de (…) el escrito de contestación del traslado previsto en el artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”.
Por la falta de esa fotocopia, el tribunal resolvió “desestimar la queja” presentada por la UIF.
La otra causa que cerró el máximo tribunal fue la denuncia del destituido y condenado ex juez federal de Corrientes Vicente Soto Dávila, por el supuesto armado de una causa para apartarlo de su cargo.
Soto Dávila había acusado a Stornelli y otros imputados por los delitos de asociación ilícita, prevaricato, incumplimiento de los deberes de funcionario público, falso testimonio agravado, omisión de denuncia, encubrimiento agravado y falsedad ideológica.
En ese caso, la Corte aplicó el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial y, en dos párrafos, declaró “inadmisible” el último planteo del ex juez correntino.