La Cámara Federal anuló los procesamientos por la supuesta “Mesa Judicial Bonaerense”
Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi advirtieron que lo que ocurrió en las oficinas del Banco Provincia podría estar avalado por la tarea que tiene asignada la AFI.
La Cámara Federal porteña anuló los procesamientos de funcionarios bonaerenses y ex agentes de la AFI en la causa conocida como “Mesa Judicial Bonaerense”, el expediente que se inició a raíz del hallazgo de una filmación de una reunión en oficinas del Banco Provincia de Buenos Aires en la que se habló de la creación de una “Gestapo sindical”.
En fallo dividido, los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi descalificaron los procesamientos dictados por el juez federal de la Plata Ernesto Kreplak contra el intendente de La Plata, Julio Garro; el senador provincial Juan Pablo Allan; el ex ministro provincial de Trabajo Marcelo Villegas y el ex subsecretario de Justicia Adrián Grassi.
También fueron anulados los procesamientos de Darío Alberto Biorci -ex Jefe de Gabinete de la AFI-, Juan Sebastián De Stefano-ex jefe del Área de Jurídica- y Diego Luis Dalmau Pereyra -ex Director de Contrainteligencia-.
Los camaristas consideraron “difusas y debatibles las conclusiones que puedan extraerse de la reunión filmada” en las oficinas del Banco Provincia.
El fallo resolvió “declarar la nulidad del decisorio y la devolución de las actuaciones a primera instancia” para que, en este caso, el juez Marcelo Martínez de Giorgi, adopte una nueva resolución.
La Cámara elucubró sobre la reunión y su contenido: “Nos encontraríamos frente a acciones que podrían verse justificadas dentro de la categoría de inteligencia criminal, la cual comprende la producción de inteligencia en tanto reunión de información, referida a problemáticas delictivas sensibles y, en particular, a aquellos hechos delictivos complejos de relevancia federal vinculados a categorías de análisis del Crimen Organizado”.
“Esta labor –avalaron Llorens y Bertuzzi- podría considerarse contemplada dentro de las funciones de la AFI, quien puede actuar ‘con medios propios de obtención y reunión de información’”.
Respecto de los participantes de esa reunión, la Cámara consideró que “no queda claro de qué manera y bajo qué circunstancias de hecho brindaron colaboración en la elaboración de los informes cuestionados, más aún si la mayoría de éstos fueron confeccionados con antelación a la reunión del 15 de junio de 2017”.
“Tampoco ha sido explicado de forma acabada, ni se han reunido elementos de prueba convincentes que permitan asumir que los nombrados pudieron conocer la realización de dichos actos en infracción a la ley 25.520” (de Inteligencia), añadió la resolución.