Justicia a la carta
Lamentablemente a veces la mezquindad política nos lleva por caminos sinuosos. Caminos que ponen en riesgo a la población que decimos representar
En un contexto de pandemia, en donde la segunda ola presenta un crecimiento exponencial de contagios diarios, Argentina, como Brasil, Uruguay, México, Chile, Paraguay, Francia o Alemania tomaron las mismas medidas: suspender las clases presenciales para evitar la circulación de personas y por ende los contagios y muertes.
Quienes durante este año han perdido familiares y amigos o han transitado la enfermedad en forma compleja saben de qué hablamos cuando hablamos de Coronavirus. Esta pandemia no discrimina y sólo cuidándonos vamos a poder sobrellevarla de la mejor forma posible.
El año pasado los argentinos y las argentinas han tenido el compromiso necesario para que, entre todos/as, frenemos la inminente llegada de la pandemia.
El esfuerzo realizado ha permitido a los gobiernos nacional, provinciales y municipales adecuar el sistema sanitario y evitar la foto que nos mostraba Europa con pacientes que no tenían camas para ser tratados o a médicos/as eligiendo a quién prestarle servicio porque no se llegaba a cubrir la demanda.
Este año nos toca atravesar la segunda ola y quienes vivimos en el AMBA sabemos que el aglomeramiento y la circulación nos pone en una zona de mayor riesgo. Es así que nuestro presidente, Alberto Fernández, ha tomado la decisión por medio del DNU 241/2021 de aumentar restricciones para que por 15 días se limite la circulación y con ello los contagios.
Lamentablemente a veces la mezquindad política nos lleva por caminos sinuosos. Caminos que ponen en riesgo a la población que decimos representar. Tal es el caso de la decisión implementada por el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de oponerse a lo dictaminado en un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) sin contemplar el estado de situación que atraviesa el sistema sanitario y encontrando en una “Justicia a la carta” el relato necesario para imponerse políticamente.
Nos encontramos frente a un escándalo jurídico sin precedentes que genera no solo desconcierto ante madres, padres y comunidad educativa, sino que también genera un riesgo a la salud pública en el marco de una pandemia. El presidente Alberto Fernández tomó una decisión de Estado para preservar la salud de millones de argentinas y argentinos.
Con estas acciones la oposición pretende instalar el falso postulado que las medidas sanitarias implementadas van en desmedro de la educación. Así como el año pasado plantearon la dicotomía salud versus economía. El punto pareciera ir contra todo, incluso con el bienestar de la población.
Todos creemos que la presencialidad es vital para la educación. Así como lo sostuvimos en el 2018, cuando el gobierno de Mauricio Macri y María Eugenia Vidal cerraban escuelas y programas educativos. Hoy lo seguimos sosteniendo. Por ello, bregamos para que las clases presenciales sean retomadas apenas se supere el pico de contagios que atravesamos.
En un nuevo intento de judicializar la política, el Gobierno de la Ciudad se presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para declarar la inconstitucionalidad del DNU, pese a que la autonomía que nuestra Carta Magna le otorga a la Ciudad Autónoma difiere del carácter federal de las provincias.
Por otro lado, la Fundación Centro de Estudios en Políticas Públicas presentó un amparo ante el fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires. El juez de grado se declaró incompetente para impugnar una norma federal y denegó la cautelar.
La Fundación apeló y el juez de primera instancia también denegó la apelación por “falta de competencia”. Frente a ello la peticionante plantea un recurso de queja por apelación denegada y logra que la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, no solo resuelve la queja por apelación denegada considerando con competencia para entender sobre la aplicación de una norma federal, sino que resuelve la medida de fondo, otorgando a la fundación la medida cautelar, sin darle intervención al órgano que dictó la medida.
Esta medida que afecta de manera directa la garantía constitucional de defensa en juicio no contempla la opinión de expertos sanitarios en el marco de una pandemia.
Es decir, un fuero que tiene intervención y competencia sobre cuestiones de la ciudad y que solo puede hacer control de constitucionalidad sobre los dictados por el Gobierno y la Legislatura de la Ciudad, resuelve sobre el alcance y constitucionalidad de una norma federal.
Esto podría generar un precedente para que el día de mañana se produzca algo tan insólito como que un ciudadano de CABA se presente a impugnar tanto un decreto como una Ley Nacional.
Quienes se arrogan ser los “defensores de las instituciones” utilizan todo lo que te tengan a su alcance para defender sus intereses mezquinos de una disputa política poniendo en juego nada más ni nada menos que la salud de los argentinos y las argentinas.
El DNU 241/2021 no legisla sobre política educativa. Son medidas de política sanitaria en una pandemia y con el solo objetivo de preservar a la ciudadanía y evitar que, en un colapso sanitario, los/as trabajadores de salud tengan que elegir a qué paciente atender. Seamos responsables, cuidemos la salud de nuestro pueblo.
(*) Alicia Aparicio es diputada nacional del Frente de Todos).