El ex secretario de Cultura del último gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, Jorge Coscia, quedó a un paso del juicio oral y público por el presunto delito de “defraudación en perjuicio de la administración pública” por más de 16 millones de pesos a raíz del financiamiento de la actividad cinematográfica a través del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) entre 2002 y 2013.

El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi rechazó sendos planteos de otros imputados en la causa, el empresario Fernando Sokolowicz y el director de cine y ex rector de la Escuela Nacional de Experimentación y Realización Cinematográfica (ENERC) Pablo Rovito, para evitar el juicio oral.

En el expediente, que originalmente estuvo a cargo del difunto juez Claudio Bonadio, llegaron a estar imputados los actores Víctor Laplace y Lito Cruz, el ex senador y cineasta Fernando “Pino” Solanas, el ex vicegobernador bonaerense Gabriel Mariotto y el ex ministro de Educación Daniel Filmus, finalmente todos sobreseídos.

Martínez de Giorgi reiteró que está “completa la instrucción del presente sumario en relación a los imputados”, además de Coscia y Rovito, los también ex titulares del INCAA Jorge Álvarez y Liliana Mazure y el director Alex Tossenberger.

El fiscal Gerardo Pollicita imputó a todos por la supuesta “actividad delictiva acontecida entre los años 2002 y 2013, por la cual se perjudicaron las arcas del INCAA a partir de la suscripción de convenios regulados por el Art.3 inc. “j” de la ley 17.741”.

Esa norma facultaba al titular del INCAA a “realizar y convenir producciones de películas de interés para el fomento de la industria cinematográfica nacional, pudiendo aportar hasta un máximo del 70% del total del monto presupuestado adquiriendo la calidad de coproductor del proyecto”.

El fiscal acusó por “la liberación indebida de pagos a productores sin que se haya comprobado la efectiva progresión de la obra ni la pertinencia real o corrección formal de las rendiciones parciales de gastos presentadas por las productoras, y sin que se previera la rendición sobre el total de los costos incurridos”.

El dictamen detectó casos en los que “el INCAA aportó un porcentaje significativamente mayor al convenido sin que se hayan efectuado las acciones tendientes a recuperar lo indebidamente erogado por el organismo”.

Pollicita cuantificó el “daño patrimonial aproximado de $16.637.423,34 con más lo que corresponda en concepto de actualización de capital e intereses”.

Las defensas de varios imputados plantearon el rechazo al juicio oral por inconsistencias en la acusación y por la falta de producción de pruebas, entre ellas declaraciones testimoniales que suponían exculpatorias.

Pero Martínez de Giorgi consideró que esos planteos “están imbuidos de una misma y perceptible intención: introducir por tales vías una revisión de las cuestiones de fondo que se investigaron, con la consecuencia de dilatar innecesariamente el trámite del proceso y ciertamente, irrogando un dispendio jurisdiccional indebido”.

“La facultad de producir prueba es discrecional de quien tiene a su cargo la instrucción del sumario y que la disparidad de criterio en cuanto a la admisión de la misma no corresponde que sea atacada por esta vía”, resumió el juez.


Además, deslizó que toda la prueba que pretendieran incorporar los imputados debe ser debatida en la etapa del juicio.