Ordenan al Estado Nacional pagar en 30 días indemnizaciones a las víctimas de la explosión de Río Tercero
Es por los damnificados por la explosión del arsenal militar en Río Tercero en 1995.
El juez federal de Río Tercero Carlos Ochoa ordenó al Estado Nacional que en un plazo de 30 días pague las indemnizaciones ya otorgadas a damnificados por la explosión de la fábrica militar de Río Tercero, el cual tuvo lugar el 3 de noviembre de 1995.
Es ante un pedido del abogado querellante Mario Ponce, patrocinante de la demanda de 10 damnificados por daños físicos y psicológicos provocados por la explosión.
El monto a pagar según había dispuesto la Justicia es de veintiséis millones de pesos.
“Se dispone hacer saber a la autoridad administrativa de liquidación de las acreencias de los actores (Dirección de Administración de la Deuda Pública del Ministerio de Economía de la Nación), que debe procederse de manera rápida y expeditiva en el plazo no superior a los treinta (30) días, a la liquidación y depósito de los bonos cancelatorios correspondientes a los actores en la presente causa, bajo apercibimiento de la aplicación de las sanciones conminatorias”, sostuvo el juez en su fallo.
Las indemnizaciones fueron otorgadas por la ley 27.179, aprobada durante la presidencia de Cristina Kirchner, y luego reglamentada durante el mandato de Mauricio Macri.
Fueron ordenadas luego de varios años del episodio que provocó la muerte de seis personas y más de 300 heridos, así como la destrucción de la ciudad de Río Tercero: la hipótesis es que fue un hecho deliberado para ocultar un faltante por el tráfico ilegal de armas a Croacia y Ecuador durante la presidencia de Carlos Menem.
Incluso, la magnitud del hecho tuvo lugar varios días después cuando ocurrieron nuevas explosiones por los proyectiles acumulados.
En diciembre de 2014, se dictó condena a cuatro ex oficiales del Ejército por el incendio intencional y programado de la fábrica.