Inacción y falta de resultados: lo único que ha pasado en la causa por el atentado contra la embajada de Israel es el tiempo
El expediente en papel quedó almacenado en un enorme despacho judicial. La investigación está empantanada, pese a la vigencia de alertas rojas libradas contra dos sospechosos. "Cosa juzgada", había dicho en su momento Lorenzetti.
Desde que en 2015 la Corte Suprema libró dos órdenes de detención internacional contra supuestos responsables por la voladura de la embajada de Israel, de la que se cumplen 30 años, lo único que ha pasado en el expediente es el tiempo.
Ya para entonces había transcurrido demasiado para una causa que tramitó desde el inicio en la esfera del máximo tribunal por "competencia originaria".
La investigación sigue abierta, pero según la consulta de expedientes de la Corte no registra movimientos desde 2014. Eso es falso, de todos modos, porque -como se dijo- al año siguiente se produjo mucho movimiento.
Primero, en la Asamblea Legislativa la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner reprochó al titular del máximo tribunal, Ricardo Lorenzetti (con una expresión que mezclaba disgusto y conmoción), que la investigación no registraba avances. Lorenzetti respondió al inaugurar el año judicial que se trataba de un expediente de "cosa juzgada", lo que tampoco era cierto.
A los pocos días, el Centro de Información Judicial (CIJ) publicó una aclaración, con una descripción cronológica de los principales pasos de la causa. Y casi de inmediato produjo los dos últimos hechos relevantes en el expediente: las dos órdenes de detención internacional, que todavía están vigentes, y el pedido a Cristina Kirchner para la desclasificación de archivos secretos sobre el ataque, que también fue aceptada. Ninguna de las dos medidas derivó en avances sustanciales en la investigación.
En 1997, cinco años después de la voladura de la delegación diplomática, la Corte creó una Secretaría especial para investigar el atentado y colocó al frente de esa oficina a Esteban Canevari, a cargo de la Secretaría Penal.
Le asignaron un enorme despacho en donde aún hoy está almacenado el expediente en papel. Canevari atendía en dos secretarías distintas, con personal a su cargo en ambos, pero tampoco así la investigación avanzó demasiado.
Trece años después de la creación de la Secretaría especial, en 2010, Canevari se aprestaba a mudar uno de sus despachos cuando se incendió un cortinado. No se quemaron expedientes, pero los bomberos mojaron y arruinaron varios de ellos. Oficialmente se explicó que la Causa Embajada no había sido afectada.
Cuando la causa ya estaba definitivamente empantanada, la Corte contrató a José Mandalounis, un ex fiscal de instrucción que trabajó también en la Justicia de la Ciudad para que reviera todo el expediente y determinara si había quedado algún cabo suelto.
El 1° de abril de 2018 el secretario Canevari se jubiló con el régimen especial de magistrados y en su lugar fue designado Fernando Arnedo, pero los cambios tampoco surtieron efectos determinantes para el voluminoso expediente.
En octubre de 2015 la Corte dispuso las capturas internacionales del libanés Hussein Mohamad Ibrahim Suleiman y del colombiano Samuel Salman El Reda Reda, ambas vigentes aún en Interpol.
La pesquisa se orientó también hacia el sirio Imad Mughniyah, un jefe militar de la organización considerada terrorista por Estados Unidos Hezbollah. Pero había muerto en Damasco siete años antes.
El atentado contra la embajada causó oficialmente 22 muertos y 242 heridos, según la Corte. Así, corrigió la cifra inicial y vigente durante años, de 29 víctimas mortales.
La causa está caratulada como "Sumario instruido en la Cría. 15a. por averiguación de los delitos de explosión, homicidio, lesiones calificadas y daño (arts. 186,80 Inc. 4 y 5 y 183 del CP) con motivo del atentado a la embajada de Israel".
Desde 1999, la Corte tiene establecido que el atentado fue cometido el 17 de marzo de 1992 por un conductor suicida a bordo de una camioneta Ford F-100 cargada de explosivos que se estrelló contra el edificio situado en Arroyo 916, de la Capital Federal.
A ese fallo aludió Lorenzetti cuando habló de "cosa juzgada", pero en rigor tal cosa no era posible porque no había nada que hubiera sido juzgado.
La causa tampoco fue considerada como delito de lesa humanidad, pero en una reinterpretación de la prescripción la propia Corte resolvió en 2006 que el expediente permanecerá abierto y, formalmente, en investigación.
El fallo dispuso "seguir adelante con la investigación" y fue firmado por el propio Lorenzetti y sus colegas Enrique Petracchi, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.
Entre todas las anécdotas (muchas de ellas insólitas y otras tantas inexplicables) que atravesó la causa, una poco conocida todavía aparece de tanto en tanto en el cuarto piso del Palacio de Tribunales.
Tras la explosión de la embajada, las primeras medidas de investigación derivaron en un identikit del supuesto conductor suicida. Los rasgos coincidían con un joven funcionario de la Corte, Facundo Pérez Pardo, quien estaba a dos cuadras de la esquina de Arroyo y Suipacha y fue alcanzado por la onda expansiva, que lo aplastó contra un tacho de basura aunque sin causarle heridas.
Pérez Pardo compareció ante los jueces de la Corte para aclarar que había estado ese día cerca del lugar, pero que –como se desprendía claramente de su presencia- él no era el conductor suicida.