Fiscales apelaron la absolución de Telleldín en el juicio por el atentado contra la AMIA
Sostienen que la venta de la camioneta Trafic a desconocidos no fue "una más", sino una operación guiada por la codicia y sin importarle su objetivo delictivo.
Los fiscales que intervinieron en el juicio por el atentado contra la AMIA apelaron la absolución del ex desarmador de autos y hoy abogado Carlos Telleldín, dictada por el Tribunal Oral Federal 3 en diciembre del año pasado.
Los fiscales Roberto Salum, Santiago Eyherabide y Santiago Roldán pidieron que la Cámara Federal de Casación revierta la absolución y condene a Telleldín por “dolo eventual” en el suministro de la camioneta Trafic utilizada por los terroristas para el ataque.
“Reafirmamos que la Trafic que entregó Telleldín entre el 9 y 10 de Julio de 1994, producto de su actividad delictiva, fue utilizada por los ejecutores para producir el peor atentado terrorista de la historia de nuestro país”, sostiene el recurso.
“Consideramos sobradamente probado –por medio de evidencias- que el acusado se representó el resultado como probable y que siguió adelante, favoreciendo el hecho típico de los autores e incluso su impunidad”, añadió.
El documento, de 45 páginas, descartó que la venta de la Trafic haya sido “una operación más de las que el imputado hacía regularmente”.
Telleldín se dedicaba a reciclar vehículos de dudosa procedencia y, en ese caso, colocó el motor de una camioneta en la carrocería de otra, y ese rompecabezas fue utilizado para volar la AMIA.
“Este caso resultó totalmente distinto, anómalo y presentó particularidades que, teniendo en cuenta el contexto general, solo conducen a tener por acreditado que Telleldín entregó una camioneta a representándose de que su finalidad sería delictiva y contribuyendo, a su vez, a que el adquirente resultara irrastreable, garantizando su impunidad, al insertar aviesamente en el boleto de compra-venta datos de una persona inexistente”, opinaron los fiscales.
Los hechos descriptos sobre la conducta de Telleldín –añadieron- “descartan de plano la existencia una ‘venta’ como pretende hacer creer; antes bien, deja en evidencia su plena conciencia y representación de que la entrega que materializó tendría una finalidad criminal, pese a lo cual continuó adelante con la operación e incluso facilitó la impunidad de los perpetradores resguardando su identidad”.
Telleldín fue absuelto porque el tribunal entendió que no podía saber que la camioneta iba a ser utilizada para un ataque terrorista, y entre los análisis con los que llegó a esa conclusión resaltó que “habría recibido tan solo US$ 11.500, es decir, ni más ni menos que el valor de una Trafic en el mercado, en ese entonces, una cifra francamente irrisoria para acceder a colaborar en tamaña empresa delictiva”.
“No es posible tener por acreditado el móvil delictivo en cabeza del imputado”, sostuvo el fallo.
Pero los fiscales replicaron que “el móvil en cabeza de Telleldín fue claramente económico. Actuó guiado por la codicia y obró en consecuencia, haciendo caso omiso a las alertas que le mostraban claramente (a él más que a nadie, con su experiencia y saberes especiales) que estaba haciendo un aporte clave a una grave actividad delictiva”.
La apelación reconoce que los fiscales nunca afirmaron que Telleldín hubiera actuado “con intención o bajo la certeza de que realizaba un aparte a un atentado terrorista y que conociera sus pormenores”.
Pero ello no lo deja a salvo de su responsabilidad en el hecho, por cuanto “quedó definitivamente evidenciada la efectiva conciencia por parte del imputado en cuanto a la finalidad que había tenido el aporte de la Trafic cuando, en el mismo instante en que tuvo noticia de la voladura de la AMIA, entró en un estado de nerviosismo y desesperación que no tenía otro origen más que la vinculación de la entrega de la camioneta y el atentado”.
Para los fiscales, aun cuando no supiera que iba a ser utilizada como coche – bomba, Telleldín supo siempre que la Trafic sería destinada a actividades ilegales.
Los fiscales dieron por acreditado que “el imputado se representó que la camioneta podría ser utilizada para narcotráfico. (…) No se considera necesario que Telleldín supiera ningún pormenor sobre cómo sería utilizada la camioneta en los supuestos hechos de narcotráfico a los que contribuiría”.
El documento también apunta al intento de Telleldín, tras el atentado, a mudarse a la Mesopotamia, conducta que explicó en un supuesto “apriete” de efectivos de la policía bonaerense con los que tenía una relación errática e ilegal.
Para los fiscales, “Telleldín tenía múltiples experiencias previas de apremio de parte de las brigadas de policía. Y ya sabía qué hacer. Llamaba a abogados, negociaba con la policía entregando datos, dinero o vehículos. Conocía (y por supuesto, usaba) distintas herramientas para salir de estas situaciones”.
“Podía incluso llegar a esconderse, pero no se iba muy lejos para ello. La impunidad con la que trabajaba su empresa criminal la lograba renegociando ilícitamente términos con la policía, no huyendo a más de mil kilómetros del lugar en que vivía y abandonando a su familia”, evaluaron.
Telleldín dijo durante el juicio: “vendí un vehículo como vendí unos cientos de vehículos de la misma forma, con avisos en diario Clarín. Compré el vehículo como compré cientos de vehículos, y lo vendí por un aviso del diario Clarín un día 10 de julio. Vino una persona por el aviso, lo pagó, se lo llevó”.
Para los fiscales, “definitivamente es falso que Telleldín haya vendido esa unidad ‘como unos cientos de vehículos’. La entrega, absolutamente anómala y singular pero sobre todo delictiva, le ofreció a Telleldín, y Telleldín detectó, una multiplicidad de señales sobre el probable uso de la Trafic”.
“Las circunstancias objetivas, probadas y esencialmente no discutidas por el imputado relativas a esa entrega, son determinantes para la atribución de responsabilidad”, resumió el documento.