Fiscal descartó “censura” contra López Murphy en la UBA pero los denunciantes resisten el dictamen
Para Santiago Vismara, no se cometió el delito ya que la conferencia se celebró en otro salón de la Facultad de Derecho. Los denunciantes refutaron ese argumento.
El fiscal de instrucción Santiago Vismara pidió la “desestimación” de una denuncia por supuesta censura al diputado nacional Ricardo López Murphy cuando tenía previsto brindar una charla en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
“La viabilidad de la conferencia nunca se encontró en riesgo y finalmente la reunión transcurrió en el ámbito institucional de la Facultad de Derecho de la UBA. Por lo tanto puede concluirse que el comportamiento denunciado no implicó una limitación relevante a la libertad de reunión de quienes participarían del encuentro”, sostuvo el fiscal.
El denunciante, Felipe Patocchi, con el patrocinio del abogado José Lucas Magioncalda, se opuso a la propuesta del fiscal y pidió que López Murphy sea citado como testigo, al igual que las autoridades universitarias y se requiera “la carta de disculpas enviada al diputado en cuestión”.
La decisión final la deberá tomar la jueza y consejera de la Magistratura Alejandra Provítola.
La causa se inició a raíz de los hechos que ocurrieron el 19 de julio pasado, cuando “debía llevarse a cabo una conferencia convocada por las agrupaciones ‘Somos Libres’ y ‘Jóvenes de Republicanos Unidos’, de la que participarían, entre otras personas, López Murphy”.
“Cuando López Murphy se hizo presente en el lugar, un grupo de manifestantes pertenecientes a la agrupación ‘La Cámpora’ le impidieron el acceso al Salón Verde, donde estaba previsto realizar la reunión”, explica la denuncia.
El fiscal Vismara subrayó que “el propio Ricardo López Murphy ante la Comisión de Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados de la Nación dijo que la conferencia se desarrolló ‘con toda comodidad’ en otra aula de la Facultad de Derecho de la UBA”.
“Sin ánimos de alentar este tipo de conductas, se debe tener en cuenta el carácter excepcionalísimo al que debe ceñirse la intervención de la justicia penal cuando de algún modo se encuentra involucrado el ejercicio del derecho a la libertad de expresión”, opinó el fiscal.
En ese sentido, señaló que “este episodio adquirió estado público y fue relevado por múltiples actores en redes sociales y medios de comunicación, y habría sido el propio López Murphy quien articuló los mecanismos correspondientes ante la Facultad de Derecho de la UBA”.
Magioncalda, por su parte, refutó al fiscal: “el razonamiento impugnado utiliza la capacidad de las víctimas para reponerse ante el agravio como elemento demostrativo de que la conducta típica no existió, cuando es al revés: la capacidad de reponerse al agravio no es otra cosa que la certeza absoluta de que la turbación sí existió”.
“El dictamen en cuestión no analiza de manera fundada y con respaldo probatorio, cuál era el objetivo de los denunciados, en orden a determinar la existencia de dolo, ni cómo los asistentes al evento se vieron incomodados o afectados en el ejercicio de sus derechos”, insistió.