Excarcelaron y rebajaron la imputación a tres acusados de tirar piedras al despacho de Cristina Kirchner
La Cámara Federal descartó la figura de "intimidación pública" pero confirmó los procesamientos por "daño agravado" por la manifestación del 10 de marzo pasado, cuando se discutía el acuerdo con el FMI.
La Cámara Federal porteña concedió la excarcelación a tres manifestantes que arrojaron piedras contra el despacho de Cristina Fernández de Kirchner en el Senado el 10 de marzo pasado, cuando se debatía en el Congreso el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Además, el tribunal rebajó la calificación por la que estaban procesados los manifestantes José Castillo, Gonzalo Fonteina y Jonatan Pacheco, sobre quienes pesaban las figuras de “intimidación pública y daño agravado”.
El procesamiento de primera instancia, dictado por la jueza María Eugenia Capuchetti, fue apelado por la defensa de los tres imputados, a cargo de los abogados Ernesto Alderete y María del Carmen Verdú.
Los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah ratificaron el procesamiento pero sólo por los daños, tras dar por probado que los tres imputados “formaron parte de ese núcleo de individuos” que lanzaron piedras contra el Congreso.
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“Los tres fueron identificados arrojando cosas al Congreso. Su defensa no discutió esto. (…) Esas actividades individuales formaron parte de la ejecución de una acción grupal con cierto nivel de planeamiento previo, que poseía la finalidad de, al menos, dañar los bienes propiedad del Estado”, sostiene la resolución.
“Ese objetivo –añade- fue consumado. La acción personal de los procesados respondió a ese modo mancomunado de operar, que procuró y logró el resultado de dañar”.
El fallo diferenció “entre quienes mediante marchas populares, reuniones callejeras u otra forma similar de peticionar a las autoridades y trasuntar su malestar ejercen sus derechos constitucionales, de quienes cometen otros actos delictivos como los advertidos” en esta causa. No obstante, los camaristas consideraron que no existió el delito de “intimidación pública”, por lo que quitaron esa figura de los procesamientos.
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Según se desprende del fallo, otros tres imputados que fueron procesados por ambas figuras, daño e intimidación, no apelaron sus situaciones y afrontarán cargos por ambos delitos.
La jueza Capuchetti debe también resolver la situación de otros tres imputados que originalmente fueron investigados por la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, que se declaró incompetente y envió sus actuaciones a los tribunales de Comodoro Py 2002.