El juez federal de Jujuy Esteban Hansen elevó hoy a juicio oral y público la causa al empresario Carlos Pedro Tadeo Blaquier por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura, en el episodio conocido como “la noche del apagón”.

El fallo es la consecuencia inmediata de la resolución de la Corte Suprema, que antes de la feria judicial de invierno anuló un fallo que había desprocesado a Blaquier y extendía en el tiempo la posibilidad de la realización del debate oral.

El juez Hansen estableció que “existiendo elementos de convicción suficientes, corresponde elevar a juicio los presentes autos”,  tanto Blaquier cuando su ex administrador en las empresas de su propiedad radicadas en Jujuy, Alberto Enrique Lemos deberán afrontar el juicio oral.

Ambos están acusados por la “privación ilegítima de la libertad agravada -tres hechos- cometido en perjuicio de Luis Ramón Aredez Omar Claudio Gainza y Carlos Alberto Melián”.

Los tres fueron víctimas de los cortes masivos de energía ocurridos entre el 20 y el 27 de julio de 1976, que amparó operativos de la dictadura en los que fueron secuestrados unos 400 estudiantes, militantes políticos de izquierda, dirigentes sociales y gremialistas.

Blaquier está acusado de haber prestado colaboración y logística para esos hechos represivos.

La decisión del juez jujeño fue adoptada “habiendo analizado los requerimientos de elevación a juicio formulados por las querellas y por el Ministerio Público Fiscal; las oposiciones, el planteo de nulidad de requerimiento fiscal y la solicitud de suspensión del trámite de la causa formulados por las defensas de los encartados”.

La elevación a juicio pone fin a una larga etapa de instrucción, sobre hechos que ocurrieron hace más de 40 años pero que, por tratarse de delitos de lesa humanidad, no prescriben.

“Analizada la situación procesal de Carlos Pedro Blaquier y Alberto Enrique Lemos, encontrándose firme el auto de procesamiento dictado en su contra al haberse superado las instancias recursivas tentadas; habiéndose resuelto los planteos efectuados por las defensas, enunciado los elementos probatorios reunidos, las conclusiones, la calificación legal por la cual se elevará la causa a juicio y el análisis del tipo penal endilgado, corresponde, sin más trámite, disponer la continuación del presente proceso en la próxima instancia”, sostuvo la resolución del juez, de más de un centenar de páginas.

El juez tuvo en cuenta “el excesivo tiempo transcurrido en las instancias de revisión superior” y dispuso acelerar el proceso, como consecuencia del fallo de la Corte.